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Estatutos colegio profesional –  Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 280

Artículo 55
Presentación de candidaturas
La presentación de candidaturas se ajustará a las siguientes normas:
1. Deberán presentarse candidaturas completas y cerradas, con expresión de la persona propuesta para cada cargo. Además, cada candidatura deberá incluir tres miembros suplentes, al objeto de cubrir las vacantes que se produjeran, exclusivamente, desde la fecha
de presentación de la correspondiente candidatura hasta la fecha de celebración de la votación. La cobertura de dichas vacantes se haría de la forma siguiente:
a) Las vacantes en los cargos de Decano/a y Secretario/a serían cubiertas, respectivamente, por las personas propuestas como Vicedecano/a y Vicesecretario/a.
b) Las vacantes en los cargos de Vicedecano/a, Vicesecretario/a y Tesorero/a serían
cubiertas por las personas propuestas como Vocales con el número de colegiado/a
más antiguo.
c) Las vacantes producidas en los cargos de Vocal serían cubiertas por los miembros
suplentes de la candidatura, comenzando por el miembro suplente con el número
de colegiado/a más antiguo.
d) Una vez celebrada la votación, cualquier vacante que se produzca será cubierta según lo establecido en el artículo 42 de estos Estatutos.
2. Asimismo, deberá indicarse el proceso electoral al que se presenta la candidatura,
y hacer constar el nombre, apellidos, número de colegiado/a y firma original de cada candidato/a y cada suplente.
3. Las candidaturas se presentarán en el plazo de treinta días naturales posteriores a
la convocatoria.
4. La presentación de candidaturas habrá de efectuarse mediante escrito dirigido a la
Junta de Gobierno.
5. El escrito por el que se presente la candidatura deberá ir acompañado de otro escrito en el que conste el aval de un número de colegiados/as con derecho a voto equivalente al uno por ciento de los/as incorporados/as al Colegio en la fecha de la convocatoria. El
escrito que contenga el aval deberá expresar en cada una de sus páginas el proceso electoral al que se aporta, la candidatura a la que se avala, indicando el nombre y apellidos de
quien la encabeza, así como el nombre, apellidos, número de colegiado/a y firma original
de cada uno/a de los/as colegiados/as que avalan la candidatura.
6. La presentación de la candidatura y sus avales ante la Junta de Gobierno podrá
efectuarse en las siguientes modalidades:

7. La Junta de Gobierno facilitará, de acuerdo con los medios de que disponga el Colegio, la propaganda de las candidaturas en condiciones de igualdad, mediante envío de correo electrónico a todos/as los/as colegiados/as y un espacio común en la web colegial.

BOCM-20231124-26

a) Mediante la presentación de documentos originales en la Secretaría del Colegio,
que hará constar la entrega mediante el correspondiente sello de presentación.
b) Por medios electrónicos, dirigiendo los documentos antes referidos a la dirección
electrónica que se indicará en la convocatoria electoral. En el caso de presentación de los documentos por vía electrónica, el documento de presentación de la
candidatura deberá contener los requisitos expresados en los puntos 1, 2, y 4 anteriores y deberá ir debidamente suscrito por cada uno/a de los/as candidatos/as
y suplentes, mediante su firma electrónica legalmente reconocida, conforme al
artículo 9.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, en el caso de presentación por medios electrónicos, el escrito que contenga el aval de los/as colegiados/as,
reunirá los requisitos expresados en el anterior punto 5 y deberá ir debidamente suscrito por cada uno/a de los/as colegiados/as que respaldan la candidatura, mediante
su firma electrónica legalmente reconocida.
El Colegio acusará recibo de la presentación por vía electrónica de las candidaturas y sus avales por la misma vía.