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Estatutos colegio profesional –  Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Administrar los fondos del Colegio. Decidir sobre actuaciones o gastos urgentes
que sean necesarios y no estuvieran presupuestados, dando cuenta de ello en la
Asamblea General inmediatamente posterior. Ejercer todas las funciones en general en materia económica y realizar, sin exclusión alguna, respecto del patrimonio
del Colegio, toda clase de actos de disposición y de gravamen, previa autorización
de la Asamblea General cuando superen el 10 por 100 del presupuesto, según lo
dispuesto en los presentes Estatutos, con las facultades que, en cada caso, exijan
las leyes aplicables.
Solicitar y obtener subvenciones, públicas o privadas, empleando sus fondos en
los fines para los que sean concedidas.
Proponer a la Asamblea General la aprobación de las cuotas de incorporación y las
ordinarias que deben satisfacer los/as colegiados/as para el sostenimiento de las
cargas y los servicios colegiales, así como la aprobación de cuotas extraordinarias
para atender finalidades concretas y extraordinarias.
Recaudar el importe de las cuotas para atender al sostenimiento del Colegio, así
como de todos los demás recursos económicos del Colegio previstos en estos
Estatutos.
Encargarse, a petición de los/as colegiados/as, del cobro de los honorarios devengados por los servicios prestados, proyectos, informes, etc., que previamente hayan sido
sometidos voluntariamente a su visado colegial y aquellos otros que, de acuerdo con
la normativa aplicable, sea obligatorio su visado, siempre que el Colegio tenga establecidos estos servicios. En ambos supuestos el Colegio retendrá, en concepto de visado colegial, un porcentaje que será aprobado por la Junta de Gobierno.
Defender los derechos y prestigio de los/as colegiados/as a los/as que representa si
fueren objeto de vejaciones, menoscabo, desconsideración o desconocimiento en
cuestiones profesionales.
Defender a los/as colegiados/as en el ejercicio de la profesión y otorgarles el amparo colegial cuando sea justo y procedente.
Intervenir como mediador en los conflictos profesionales que puedan surgir entre
los/as colegiados/as, previa solicitud de los/as interesados/as, y ejercer funciones
arbitrales en los asuntos que le sean sometidos, de acuerdo con la legislación general sobre arbitraje.
Someter a consulta de los/as colegiados/as aquellos asuntos de interés y trascendencia para la profesión en los términos que la propia Junta establezca, fomentando la
participación colegial.
Informar diligentemente a los/as colegiados/as de cuantos asuntos colegiales, profesionales, culturales, etc., sean de interés y puedan afectarles.
Dar a conocer a los/as Colegiados/as en el último trimestre del año la propuesta de
objetivos y líneas de actuación para el siguiente período anual.
Elaborar y ejecutar programas formativos de carácter profesional, científico o cultural.
Organizar actividades y servicios comunes de interés para la Psicología y los/as
Psicólogos/as.
Organizar y desarrollar actividades y servicios de carácter asistencial y de previsión.
Cooperar con la Administración Pública de la Comunidad de Madrid y con las Administraciones Locales en la formulación de la política de asistencia psicológica
y en la organización y desarrollo de los convenios de colaboración y encomienda
de gestión suscritos entre ambas instituciones.
Resolver sobre la admisión de Colegiados/as.
Llevar el censo de profesionales y el registro de ejercientes de otros Colegios Profesionales de la Psicología en el ámbito territorial de este Colegio, con cuantos datos de todo orden se considere necesario para una correcta información.
Mantener actualizadas y facilitar las listas de peritos Psicólogos/as que puedan intervenir ante la Administración de Justicia.
Elaborar las estadísticas necesarias para la mejor realización de estudios, proyectos y propuestas relacionadas con la Psicología.
Proceder a la contratación de los/as empleados/as del Colegio y de los/as colaboradores/as necesarios/as, en régimen laboral o de arrendamiento de servicios y
ejercer las oportunas funciones directivas. Aceptar, en su caso, las prestaciones
voluntarias de los/as colegiados/as.

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