D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231123-30)
Convenio –  Convenio de 20 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Politécnica de Madrid para la creación de la “Cátedra IRSST-UPM: I+D+I para la prevención de riesgos laborales”
14 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 124

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 279

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de constituir la “Cátedra IRSST: I+D+i para la
prevención de riesgos laborales”, descrita en el expositivo 8, como instrumento de colabo-

BOCM-20231123-30

Ley 23/1997, de 19 de marzo, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en
el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), en cuanto
a la naturaleza, finalidad y funciones del propio Instituto, y en la Ley 31/1995, de 8 de marzo, de Prevención de Riesgos Laborales (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de marzo) debido a que en ellas se recoge una visión unitaria en la política de prevención de riesgos laborales, actualizando regulaciones anteriores y a su vez, regulando situaciones nuevas no
contempladas con anterioridad, constituyendo el marco legal de referencia en la materia.
Así mismo, el artículo 5 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre dispone que “La política en
materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de
trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores
en el trabajo”.
3. La creación de una línea de I+D+i orientada a la investigación de los efectos de
las condiciones de trabajo en la salud de los trabajadores, así como la difusión de conocimientos en materia de prevención de riesgos laborales constituyen unos de los grandes ejes
del vigente VI Plan Director. En este ámbito, el Plan persigue aprovechar el liderazgo de
I+D+i de la Comunidad de Madrid, especialmente relevante para avanzar en el conocimiento sobre ciertos riesgos emergentes y poner en marcha innovaciones preventivas al compás
de la evolución tecnológica, las nuevas formas de organización del trabajo o los cambios
demográficos. De ahí que el Plan promueva la creación de cátedras y firma de convenios
de colaboración con Universidades y otras entidades investigadoras capaces de generar una
transferencia de conocimientos a empresas y sectores productivos.
4. Así, en la Comunidad de Madrid, el IRSST, de conformidad con el artículo 4.8 de
la Ley 23/1997, de 19 de marzo, de creación del citado Instituto, es el órgano gestor de la
Política de Prevención de Riesgos Laborales cuya finalidad radica en la promoción de la
mejora de las condiciones de trabajo y elevación del nivel de protección de la seguridad y
salud de los trabajadores, mediante la potenciación de labores de divulgación, asesoramiento y apoyo a empresarios y trabajadores, de cara a canalizar y poner en marcha las medidas
preventivas consideradas óptimas en cada caso.
5. Que la Universidad es una entidad de derecho público que tiene entre sus fines el
apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico de la sociedad, así
como la difusión de la educación, de la cultura y de conocimientos científicos y técnicos.
6. Que, a estos efectos, y para la consecución de sus finalidades, la Universidad puede crear cátedras de colaboración.
7. Que, siendo la Universidad una entidad de derecho público, puede adoptar acuerdos con efectos jurídicos con sujetos de derecho privado para un fin común, tal y como establece el artículo 47.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
8. Que el IRSST está interesado en desarrollar un proyecto en común con la Universidad. Concretamente, está interesada en colaborar con la Universidad en la creación de una
cátedra de investigación en el ámbito de la prevención de riesgos laborales (la “Cátedra”).
9. Que, en virtud de lo anterior, el IRSST y la Universidad tienen interés en suscribir
este convenio, de acuerdo con lo previsto en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
10. Que al presente convenio le es de aplicación la Ley 40/2015 y, en caso de que no
contradiga a dicha Ley, las normas contenidas en el Título III de los Estatutos de la UPM y
la Normativa de creación de Cátedras y Aulas Universidad-Empresa de la UPM, aprobada
en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2008.
11. Que, estando el IRSST y la Universidad de acuerdo en esa colaboración para conseguir las finalidades de interés general mencionadas anteriormente, basadas en los objetivos y valores que comparten, relacionados en el presente convenio y en sus condiciones, formalizan esta colaboración en el presente documento, con arreglo al ordenamiento jurídico
vigente, a las normas legales que le resulten de aplicación y, en particular, a las siguientes: