D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231121-54)
Convenio –  Convenio de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y las Universidades públicas madrileñas, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 100.000 euros, para el desarrollo del “Programa de voluntariado internacional de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid” en el año 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 277

Dichos gastos deberán estar dotados de presupuesto y aprobados por el Consejo Social
de las Universidades públicas madrileñas en las partidas presupuestarias correspondientes
a los servicios que gestionan este Programa.
Las Universidades públicas madrileñas, dependiendo de sus disponibilidades presupuestarias, podrán ofrecer otros puestos adicionales, que serán costeados en su totalidad con
sus propios fondos. Los estudiantes adjudicatarios de uno de estos puestos quedarán sometidos al mismo régimen en criterios de selección, seguimiento, justificación, y recibirán el
mismo certificado acreditativo de la actividad que los adjudicatarios de los puestos cuyo
compromiso de gasto es de la Comunidad de Madrid.
Séptima
Selección de contrapartes y participantes
Las contrapartes de destino serán seleccionadas por las propias Universidades y podrán ser Universidades en países en desarrollo, organizaciones no gubernamentales, oficinas y programas de cooperación gubernamentales o multilaterales, así como instituciones
y organismos. Las Universidades deberán establecer criterios de valoración, dentro de la
comisión formada junto a la Dirección General competente en materia de cooperación al
desarrollo, para la selección de las contrapartes de destino, que deberán ser consensuados y
homogéneos para todas ellas y deberán acreditar los siguientes aspectos:
— Qué se trate de Universidades, organizaciones no gubernamentales, oficinas y
programas de cooperación gubernamentales o multilaterales situadas en zonas incluidas dentro de las prioridades geográficas establecidas en el Plan General de la
Comunidad de Madrid vigente.
— Experiencia previa en el ámbito del voluntariado o la cooperación al desarrollo
con alguna de las Universidades públicas madrileñas.
— Experiencia en involucrar a jóvenes en proyectos que permitan la sensibilización y
promoción de valores y actitudes ciudadanas desde la cooperación, la solidaridad
y el desarrollo humano.
En todo caso, durante la vigencia de este convenio, podrán participar entidades que
reuniendo el resto de condiciones no hayan colaborado con ninguna Universidad Pública
Madrileña:
— Capacidad suficiente para ajustar los perfiles de los puestos de voluntariado a los
perfiles académicos que se estudian en las Universidades públicas de Madrid.
— Capacidad para designar un Tutor o Tutora que realice un estrecho seguimiento del
o de la estudiante durante el voluntariado, y especialmente durante su integración
(en el lugar de destino y en la entidad), así como en el balance final, proporcionando la documentación para la justificación de la participación en el Programa, y
manteniendo una comunicación efectiva con la universidad a lo largo del ciclo de
voluntariado.
Se constituirá una comisión formada por cada universidad y la Dirección General competente en materia de cooperación al desarrollo, cuya función será consensuar los criterios de
valoración previamente a la selección de los estudiantes que van a participar en el Programa.
Se deberá tener propuesta de resolución favorable de la selección por parte de dicha
Dirección General. En caso de que en una universidad no haya estudiantes que cumplan con
los criterios objetivos y de excelencia acordados para ser seleccionados, dicha universidad
podrá ofertar el puesto o puestos vacantes a los estudiantes del resto de Universidades públicas madrileñas.
Octava
El plazo de ejecución del Programa será de un año contado desde la firma del convenio, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula decimoséptima.
Novena
Retroactividad
La Comunidad de Madrid asumirá los costes de los gastos realizados para la ejecución
del Programa de Voluntariado Internacional de 2023, establecidos en la cláusula tercera,

BOCM-20231121-54

Plazo de ejecución del Programa