Alcalá de Henares (BOCM-20231120-38)
Urbanismo. Plan General Ordenación Urbana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

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de los mínimos de la Clave; a este respecto, no regirán las salvedades que se
contemplan en las Claves respecto de la fecha del plano catastral.
3.2.46

Las agregaciones catastrales en suelo Urbano no tendrán ningún efecto sobre las
condiciones generales o particulares de la edificación, por lo que queda excluida la
posibilidad de desarrollar Estudios de Detalle que modifiquen la volumetría de la
ordenación, salvo los indicados en el Plan General o los que surjan como
consecuencia de la redacción de Planes Especiales.
SECCIÓN 5. VIGENCIA DE LOS SISTEMAS DE ACTUACIÓN
3.2.47

Los sistemas de actuación fijados para el desarrollo de los ámbitos en Suelo Urbano
tendrán vigencia en tanto los propietarios los desarrollen de acuerdo con las
previsiones del Plan. En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del
sistema de actuación, el Ayuntamiento podrá ordenar el cambio en el mismo, de
manera que se asegure el cumplimiento de las previsiones del Plan General.
3.2.48

Se entiende que las previsiones han sido incumplidas en aquellos casos en los que
se transgredan injustificadamente los plazos que, para cada actuación, vengan
fijados en el documento que la ampara.
CAPITULO 3. EL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO
SECCIÓN 1. DERECHOS Y DEBERES EN EL SUP
3.3.1

Son derechos de los propietarios del Suelo Urbanizable Programado:
a) Redactar los instrumentos de planeamiento que los desarrollan, en
cumplimiento de las previsiones del PGOU.
b) Cuando su suelo esté afectado por Sistemas Generales o posea un
aprovechamiento inferior al Tipo, hacer efectivos sus derechos en aquellos
Sectores con exceso de aprovechamiento, formando parte de la
reparcelación de los mismos en razón a la superficie aportada.
3.3.2

a) Ceder obligatoria y gratuitamente al Ayuntamiento:
- Los terrenos destinados a Sistemas Generales que se hallen incluidos en un
Sector o Unidad de Ejecución, según se fije en los planos de ordenación,

BOCM-20231120-38

Son deberes de los propietarios de SUP: