Alcalá de Henares (BOCM-20231120-38)
Urbanismo. Plan General Ordenación Urbana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Al concluir el plazo de garantía se seguirá el mismo procedimiento descrito para la
recepción provisional, y de resultas del mismo se concluirá levantando Acta de
Recepción definitiva, así como la incorporación a la ciudad de los servicios de la
urbanización. En dicho momento se reintegrará a la entidad promotora de la
urbanización la garantía que, como consecuencia de los requisitos exigidos para la
aprobación de un proyecto de urbanización, se hubiere acordado con motivo de la
misma.
CAPITULO 2. EL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO
SECCIÓN 1. PLANEAMIENTO EN EL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO

Epígrafe 1. Etapas de actuación.
2.2.1

De acuerdo con las disposiciones de la Ley del Suelo, el Suelo Urbanizable
Programado se divide en dos Áreas de Reparto, que son coincidentes con las dos
etapas de actuación, cada una de ellas de cuatro años de duración. El AR1 recoge
ciertas situaciones transitorias, y se configura mediante Sectores con
aprovechamiento, y Sistemas Generales sin aprovechamiento. El AR2 se divide de
la misma manera que la anterior, excepto por lo que hace a las situaciones
transitorias.
2.2.2 Área de Reparto 1

a) El primer Grupo está compuesto por aquellos Sectores afectados por los
Planes Parciales vigentes en el momento anterior a la entrada en vigor de
las presentes Normas Urbanísticas, los cuales quedan bajo el mismo
régimen jurídico que les resultaba aplicable según sus determinaciones.
Los mencionados Planes Parciales continuarán ejecutándose de
conformidad con lo previsto en los mismos y de acuerdo con los plazos que
consten, en su caso, en sus respectivos Planes de Etapas. Las partes que
pudieran restar por ejecutar habrán de adaptarse a las previsiones de
estructura general establecidas por este Plan General.

BOCM-20231120-38

Este AR recoge el planeamiento parcial que ha de desarrollarse en el primer
cuatrienio de vigencia del Plan General, estando sometidos todos los sectores
incluidos en esta etapa al mecanismo del Aprovechamiento Tipo para la
compensación de aprovechamientos diferenciales entre sectores, tanto los
lucrativos como aquellos de Sistemas Generales que, por su propia naturaleza,
carecen de aprovechamiento lucrativo. Se distinguen dos grupos de Sectores en este
AR: