Alcalá de Henares (BOCM-20231120-38)
Urbanismo. Plan General Ordenación Urbana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

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sus ideas o pretensiones sobre el documento puesto en exposición, solicitando que
sea tenido al corriente de las sucesivas incidencias que surgieran en la tramitación
del expediente.
Epígrafe 5. Interpretación de documentos.
1.2.23

Las determinaciones del PGOU, y más concretamente estas Normas, se
interpretarán en base a aquellos criterios que, partiendo del sentido propio de sus
palabras en relación con el contexto y los antecedentes históricos y legislativos,
atiendan fundamentalmente a su espíritu y finalidad, así como a la realidad social
del tiempo en que han de ser aplicadas.
1.2.24

La información escrita prevalecerá sobre la gráfica. En caso de duda, prevalecen las
Normas Urbanísticas sobre los otros documentos escritos.
1.2.25

Cuando existan contradicciones gráficas entre planos de diferente escala,
prevalecerán los de mayor detalle. En todo caso, y como criterio general,
prevalecerá siempre el más restrictivo, en aras a la mejor defensa del interés
colectivo.
1.2.26

En el caso de que sobre un mismo aspecto existan normas concurrentes, serán de
aplicación todos y cada uno de los límites que estas impongan, no pudiendo las
actuaciones ampararse en la existencia de alguna norma que no satisfaga a
cualesquiera de las restantes.
Epígrafe 6. Desarrollo del Plan.
1.2.27

Con objeto de completar las determinaciones de este Plan, se elaborarán Planes
Parciales, Planes Especiales, Programas de Actuación Urbanística y Estudios de
Detalle, en los casos en los que así está previsto.
1.2.28

Cuando sea necesaria o no esté prevista la previa aprobación de los documentos
mencionados en el artº anterior, las determinaciones del Plan serán de aplicación
directa e inmediata.
Para completar la regulación urbanística se podrán aprobar, asimismo, Planes
Especiales de Protección, Ordenanzas especiales, catálogos y aquellos instrumentos
de planeamiento referidos al medio físico que sean necesarios para poder autorizar

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