C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231120-14)
Convocatoria proceso selección vocales –  Orden 2998/2023, de 5 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convoca el proceso selectivo para la renovación de los vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid en representación de las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro de personas con discapacidad que desarrollan su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 276

Segundo
Requisitos de los solicitantes
1. Podrán participar en este proceso de selección las asociaciones, federaciones de
asociaciones, fundaciones, entidades y centros de personas con discapacidad que, a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades, Centros y
Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid. La inscripción en dicho
registro será comprobada de oficio por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
b) Tener como ámbito territorial de su actuación la Comunidad de Madrid.
c) No perseguir fines lucrativos.
d) No estar incursa la entidad en procedimiento judicial por impago de deudas tributarias o de seguridad social.
e) Haber justificado todas las subvenciones públicas concedidas relacionadas con
proyectos de atención a personas con discapacidad en el plazo establecido para
ello en la correspondiente orden de convocatoria.
f) Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable de tratamiento la normativa vigente, tanto el Reglamento
Europeo (UE) 2016/679, de 27 de abril, como la normativa estatal, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y sus normas de desarrollo, en particular, en lo relativo a las categorías especiales de datos y al ejercicio de los derechos por los titulares de los mismos.
2. A efectos de concurrencia a esta convocatoria, los cargos representativos de la
Junta Directiva de dichas entidades deben haber tomado posesión de su cargo tras su designación por la Asamblea General y encontrarse en pleno ejercicio de sus funciones a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tercero
Solicitudes
1. Las entidades que deseen participar en la presente convocatoria deberán formular
su solicitud, dirigida al titular de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en
el modelo de formulario en la siguiente dirección: https://sede.comunidad.madrid/
2. Cuando una asociación, fundación, centro o entidad esté representada por una federación, no podrá presentar solicitud de forma independiente a la solicitud presentada por
la federación.
Cuarto
1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia de los estatutos vigentes de la entidad solicitante.
b) Acreditación de la capacidad del representante legal de la entidad que firma la solicitud, que se realizará mediante certificación del órgano competente para ello.
c) Certificación, suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se haga
constar:
1.o El número de sedes; número de locales en los que se presten servicios de titularidad de la entidad solicitante, dirigidos a personas con discapacidad, inscritos como tales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción
Social de la Comunidad de Madrid y número de centros de servicios sociales
de atención a personas con discapacidad, de titularidad de la entidad solicitante, que se encuentren inscritos como tales en el Registro de Entidades,
Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid, especificando, a fecha 31 de diciembre de 2022, su denominación y dirección, según
modelo recogido en el Anexo 1 de esta Orden.
2.o El número de plazas autorizadas de los centros de titularidad de la entidad a
fecha 31 de diciembre de 2022, especificando las plazas de cada centro, según modelo recogido en el Anexo 1 de esta Orden.

BOCM-20231120-14

Documentación