B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231110-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2619/2023, de 16 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan tres procesos selectivos de promoción interna, para el acceso a plazas de carácter laboral de las categorías profesionales del Grupo IV, Nivel 3, de Técnico Auxiliar Área B, Técnico Auxiliar Área C y Técnico Auxiliar Área D de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 28
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 268
Décima
Adjudicación de destinos y formalización de contratos
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por estas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes
de destino de las plazas adjudicadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categorías profesionales del Grupo IV, Nivel 3 de Técnico Auxiliar Área B, Técnico Auxiliar
Área C y Técnico Auxiliar Área D en función del proceso selectivo superado, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a
lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de
los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en
el sector público.
3. En el caso de que la plaza adjudicada implique contacto habitual con menores y
para el ejercicio de las funciones propias de la misma, se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, todo ello de conformidad
con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
4. En el supuesto de que las aspirantes que se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán formalizar el correspondiente contrato de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les
correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso,
el cómputo del plazo de dicha formalización cuando finalice la situación de incapacidad
temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Undécima
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Dado en Madrid, a 16 de octubre de 2023.—La Directora General de Función Pública
(por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 19 de
julio de 2022, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de agosto de 2022),
María José Esteban Raposo.
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
PARA EL ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA A LA CATEGORÍA
PROFESIONAL DE TÉCNICO AUXILIAR, GRUPO IV, NIVEL 3, ÁREA B
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad
de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.
BOCM-20231110-2
ANEXO I
Pág. 28
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 268
Décima
Adjudicación de destinos y formalización de contratos
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por estas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquellos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes
de destino de las plazas adjudicadas, se procederá a la formalización de los contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de Madrid en la categorías profesionales del Grupo IV, Nivel 3 de Técnico Auxiliar Área B, Técnico Auxiliar
Área C y Técnico Auxiliar Área D en función del proceso selectivo superado, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a
lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de
los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en
el sector público.
3. En el caso de que la plaza adjudicada implique contacto habitual con menores y
para el ejercicio de las funciones propias de la misma, se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, todo ello de conformidad
con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
4. En el supuesto de que las aspirantes que se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán formalizar el correspondiente contrato de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les
correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso,
el cómputo del plazo de dicha formalización cuando finalice la situación de incapacidad
temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Undécima
Recursos
1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las
actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Dado en Madrid, a 16 de octubre de 2023.—La Directora General de Función Pública
(por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 19 de
julio de 2022, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de agosto de 2022),
María José Esteban Raposo.
PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
PARA EL ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA A LA CATEGORÍA
PROFESIONAL DE TÉCNICO AUXILIAR, GRUPO IV, NIVEL 3, ÁREA B
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad
de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.
BOCM-20231110-2
ANEXO I