C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231107-19)
Bases certamen teatro escolar –  Orden 4041/2023, de 22 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras correspondientes al Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 265

cas y transferencias de la Comunidad de Madrid, además de no tener deudas en
período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
2. El cumplimiento de estos requisitos deberá mantenerse hasta la publicación de la
Orden de concesión de premios y se acreditará su cumplimiento mediante la presentación
de la documentación que se indica en el artículo 8.2.
Artículo 5
Modalidades de participación
Las posibles modalidades de participación en el Certamen de Teatro Escolar son las
siguientes:
1. Modalidad A, teatro en lengua extranjera, que consistirá en la representación de
una obra teatral en inglés, francés o alemán, siendo el género, autor y época de libre elección. Se divide a su vez en dos categorías:
a) Categoría I, para alumnos de Educación Primaria.
b) Categoría II, para alumnos de Educación Secundaria y Bachillerato.
2. Modalidad B, teatro en español, que se divide en dos categorías:
a) Categoría III, para alumnos de Educación Primaria, que consistirá en la representación de una obra teatral de género, autor y época de libre elección.
b) Categoría IV, para alumnos de Educación Secundaria y Bachillerato, con dos opciones:
1.o Teatro de libre elección: se representa una obra teatral de género, autor y época de libre elección.
2.o Teatro clásico del Siglo de Oro: se representa una escena del Siglo de Oro o
perteneciente a esa tradición, según se especifique en la correspondiente convocatoria.
3. Modalidad C, teatro inclusivo, que consta de dos categorías:
a) Categoría V, para actividades escénicas, en cuyo elenco, una parte de sus componentes deberán ser alumnos que requieren medidas educativas específicas.
b) Categoría VI, para actividades escénicas cuyo elenco está formado íntegramente
por alumnos que requieren medidas educativas específicas.
Artículo 6
Convocatoria
El procedimiento de concesión de los premios del Certamen de Teatro Escolar se iniciará mediante Orden aprobada por el titular de la consejería competente en materia de Educación.
La convocatoria de participación en el Certamen de Teatro Escolar se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en forma de extracto, por conducto de la
Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.
Sin perjuicio de lo anterior, la convocatoria podrá establecer los medios de publicidad
adicionales que la consejería con competencias en materia de Educación estime convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.
Artículo 7
En cada convocatoria se determinará el importe destinado a la misma. El crédito asignado a los premios del Certamen de Teatro Escolar será, como mínimo de 19.100 euros, estando condicionada esta financiación a la aprobación del correspondiente presupuesto y a
la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo. Se financiará con cargo a los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, Programa 322O, subconcepto 48500.

BOCM-20231107-19

Financiación