C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231107-19)
Bases certamen teatro escolar – Orden 4041/2023, de 22 de octubre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras correspondientes al Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 75
cretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades; y la
Abogacía General de la Comunidad de Madrid y de la Intervención Delegada.
Por cuanto antecede, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
DISPONE
Artículo 1
Objeto y finalidad del certamen
El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.
Este certamen pretende incentivar la actividad teatral y favorecer la constitución de
agrupaciones de teatro en los centros educativos, con el fin de estimular la interacción
social y abordar la cultura artística. Asimismo, este certamen tiene como principal objetivo
desarrollar la dimensión estética y las capacidades del alumnado, fomentando la integración
del individuo en el grupo.
Artículo 2
Régimen jurídico
1. Los premios tendrán el carácter de subvención y se regirán por lo establecido en estas bases reguladoras, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Reglamento de
Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto; el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, aprobado
por Decreto 222/1998, de 23 de diciembre; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La concesión de los premios se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 3
Destinatarios
Podrán participar los centros escolares públicos, privados y privados concertados de la
Comunidad de Madrid, dependientes de la consejería competente en materia de Educación,
que impartan Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato o que escolaricen
alumnado que requiera medidas educativas específicas.
Artículo 4
1. Para poder participar en el Certamen de Teatro Escolar, los centros escolares deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Contar con una agrupación teatral cuyas características, en relación con la edad,
número de integrantes y dirección, entre otros, se detallarán en la correspondiente convocatoria.
b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) En el caso de centros escolares privados concertados y privados que resulten beneficiarios de estos premios, deberán acreditar, con carácter previo a la propuesta de
resolución y al reconocimiento de la obligación, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la
Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora
de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públi-
BOCM-20231107-19
Requisitos
B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 75
cretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades; y la
Abogacía General de la Comunidad de Madrid y de la Intervención Delegada.
Por cuanto antecede, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
DISPONE
Artículo 1
Objeto y finalidad del certamen
El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.
Este certamen pretende incentivar la actividad teatral y favorecer la constitución de
agrupaciones de teatro en los centros educativos, con el fin de estimular la interacción
social y abordar la cultura artística. Asimismo, este certamen tiene como principal objetivo
desarrollar la dimensión estética y las capacidades del alumnado, fomentando la integración
del individuo en el grupo.
Artículo 2
Régimen jurídico
1. Los premios tendrán el carácter de subvención y se regirán por lo establecido en estas bases reguladoras, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Reglamento de
Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto; el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, aprobado
por Decreto 222/1998, de 23 de diciembre; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La concesión de los premios se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 3
Destinatarios
Podrán participar los centros escolares públicos, privados y privados concertados de la
Comunidad de Madrid, dependientes de la consejería competente en materia de Educación,
que impartan Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato o que escolaricen
alumnado que requiera medidas educativas específicas.
Artículo 4
1. Para poder participar en el Certamen de Teatro Escolar, los centros escolares deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Contar con una agrupación teatral cuyas características, en relación con la edad,
número de integrantes y dirección, entre otros, se detallarán en la correspondiente convocatoria.
b) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) En el caso de centros escolares privados concertados y privados que resulten beneficiarios de estos premios, deberán acreditar, con carácter previo a la propuesta de
resolución y al reconocimiento de la obligación, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la
Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora
de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públi-
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Requisitos