B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-9)
Concurso de traslados –  Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 261

drán solicitar plazas en los Conservatorios Superiores para impartir las materias
y/o asignaturas propias del citado cuerpo.
2.7. Cuerpos de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y
Diseño.
a) Los Catedráticos y Profesores podrán solicitar las plazas correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, en los centros que aparecen en el anexo 24 y
para los tipos de plazas que figuran en el anexo 30.
b) Los Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, en los centros que
aparecen en el anexo 24 y para las especialidades que figuran en el anexo 31.
Tercera
Podrán participar en el presente concurso, los funcionarios docentes de carrera y en
prácticas de los cuerpos mencionados en la base primera, siempre que reúnan los requisitos
generales y los específicos que se establecen en la presente convocatoria.
Dado que los puestos convocados implican contacto habitual con menores, deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la
Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando obligado el funcionario a comunicar aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por
los delitos a los que hace referencia el citado artículo.
3.1. Participación voluntaria.
Podrán participar voluntariamente a las plazas incluidas en esta convocatoria, según se
establece en el artículo 11 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, los funcionarios
dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de
Madrid, que se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación:
a) Los funcionarios con destino definitivo en centros dependientes de esta Consejería, siempre que, a la finalización del presente curso escolar, hubieran transcurrido, al menos, dos años, desde la toma de posesión de dicho destino. A estos efectos, al personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño, se le tendrá en cuenta el tiempo que anteriormente hubiera permanecido en
la misma plaza o puesto como funcionario de carrera del respectivo cuerpo de profesores.
b) Los funcionarios que se encuentren en situación de servicios especiales declarada
desde centros dependientes de esta Consejería, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión
del último destino que obtuvieron con carácter definitivo.
c) Los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia en sus distintos tipos, declarada desde centros dependientes de esta Consejería.
Si se trata de los supuestos de excedencia voluntaria, por interés particular o por
agrupación familiar contemplados en los apartados a) y b) del artículo 89.1 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo podrán
participar si al finalizar el presente curso escolar han transcurrido dos años desde
que pasaron a esta situación.
Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de familiares prevista
en el apartado c) del artículo 89.1 sólo podrán participar si al finalizar el presente
curso escolar han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.
d) Los funcionarios que se encuentren en situación de suspensión de funciones declarada desde centros dependientes de esta Consejería, siempre que al finalizar el presente curso escolar haya transcurrido el tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión y, al menos, dos años desde la toma de posesión del último
destino definitivo.
e) Los funcionarios que tengan concedida una comisión de servicios de carácter humanitario, deberán participar en el concurso de traslados. Se tendrá en cuenta la

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Participantes y requisitos