B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-9)
Concurso de traslados –  Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
189 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 261

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 81

Quinta
La Dirección General de Recursos Humanos es el órgano competente para la tramitación de las solicitudes, así como para resolver cuantas incidencias se susciten durante el desarrollo del procedimiento.
5.1. Solicitud: Obtención y presentación. Documentación.
Se presentará una única solicitud por participante y cuerpo desde el que se participe,
comprensiva de todas las plazas a que se opte, aunque se concurse por más de un tipo de
plaza o especialidad.
Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y lo previsto en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en
procesos selectivos. A estos efectos, la cumplimentación se realizará en el portal de la Comunidad de Madrid en la aplicación que se encuentra para el Cuerpo de Maestros en:
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-traslados-maestros-23-24 , y para
los Cuerpos de Profesores y Catedráticos en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/concurso-traslados-secundaria-23-24 . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), siguiendo la
secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”, “Concurso de traslados de Maestros” o “Concurso de traslados de Profesores y Catedráticos”, según proceda.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica operativos
en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o
bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid
considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ), en el
apartado, “Tramitación electrónica”.
La documentación a acompañar a la solicitud, que deberá anexarse a la misma en el
momento de su envío y, en todo caso, en formato pdf, es la siguiente:
— Documentación recogida en la base 5.4 de la presente resolución.
— Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Deberá
acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el
artículo 57.1.5 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a
la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
— Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando
obligado el docente a comunicar aquellas Sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el citado artículo.
Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en
el apartado 13 de la solicitud de participación, a realizar la consulta al Registro
Central de Delincuentes Sexuales. Ello implica la consulta del DNI.
Todos los aspirantes que no autoricen a la Dirección General de Recursos Humanos a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, conforme
a lo previsto en la Base Tercera, así como todos los participantes que no tengan la
nacionalidad española, deberán aportar el certificado negativo de dicho Registro.
Los docentes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la
certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país
de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se

BOCM-20231102-9

Solicitudes