B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-8)
Concurso de traslados –  Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 261

de Inspectores”. A partir de su publicación podrá hacerse uso del derecho a la recusación
indicado en el párrafo anterior.
Las solicitudes de recusación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, en la aplicación a la que se accede a través del portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/conc-traslados-inspectores-educ-23-24 y,
con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( http://www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la siguiente secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Concursos y cese voluntario”,
“Concurso de traslados de Inspectores”.
La evaluación de los méritos alegados, que serán debidamente justificados por los concursantes, en lo que se refiere a los apartados 3 “Formación y perfeccionamiento” y 4.1 “Publicaciones” del baremo de méritos que figura en el Anexo I a esta resolución, será realizada por dicha Comisión de Valoración, nombrada por la Dirección General de Recursos
Humanos y que estará formada por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario del Cuerpo de Inspectores de Educación, designado por el
Director General de Recursos Humanos.
Vocales: Cuatro vocales pertenecientes al Cuerpo de Inspectores de Educación, todos
ellos con destino en el ámbito de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Actuará como Secretario, el vocal de menor antigüedad en el cuerpo, salvo que la Comisión acuerde determinarlo de otra manera.
El sorteo, al que se alude en esta Base, se celebrará el día siguiente hábil al de finalización de la fecha de presentación de solicitudes en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos, C/ Santa Hortensia, n.o 30 (Madrid), a las 12 horas de la mañana, extrayéndose al azar, en primer lugar, las dos letras iniciales del primer Vocal titular y, a
continuación, las otras dos letras que determinarán las dos iniciales del segundo apellido del
mismo Vocal. Si no existiera ningún primer y/o segundo apellido que comience con estas
letras, se acudirá al inmediatamente siguiente en orden alfabético.
Los funcionarios que sucedan a éstos en orden alfabético, serán nombrados como vocales suplentes con los mismos criterios.
6.2.

Procedimiento para la valoración de los demás méritos de los concursantes.

La asignación de la puntuación que corresponde a los concursantes por los restantes
apartados del baremo de méritos se llevará a efecto por el Servicio de Gestión del Profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Artísticas e Idiomas II.
Todas las actuaciones de valoración de los méritos por el indicado Servicio se realizarán por delegación de la Comisión de Valoración, la cual decidirá cuantas cuestiones se
puedan plantear durante su desarrollo.
Séptima

Una vez recibida el acta de la Comisión de valoración, la Dirección General de Recursos Humanos, mediante resolución, publicará la lista provisional de admitidos junto con el
baremo provisional con las puntuaciones obtenidas, abriéndose un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de su publicación, para presentar alegaciones, a efectos de subsanar los errores en que se hubiera podido incurrir en la valoración de los méritos
y en las solicitudes de participación.
En los listados se indicará, al menos, la convocatoria o supuestos por los que participan
y la puntuación provisional de cada uno, así como la relación de concursantes excluidos, con
indicación de las causas de exclusión.
Las publicaciones se realizarán de la forma indicada en la base 6.1 de esta resolución.
Estos listados se ajustan a la legislación de protección de datos, no constituyen fuente
de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los
propios afectados.
Las alegaciones se presentarán cumplimentando el formulario de alegaciones al baremo, junto con el documento guía (Anexo V), mediante la aplicación informática accesible
en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.1.
Si la causa de exclusión en el concurso está motivada por solicitud presentada fuera del
plazo establecido, con las alegaciones deberán adjuntar la documentación acreditativa de la
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.

BOCM-20231102-8

Lista provisional de admitidos, excluidos y baremo provisional. Plazo de alegaciones.