B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231102-8)
Concurso de traslados – Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico para funcionarios del Cuerpo de Inspectores de Educación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 261
Si al revisar los expedientes que constan en esta Dirección General o la documentación aportada por el concursante, se comprobara que existen errores en la baremación de
sus méritos, se procederá a su subsanación, previa notificación al interesado.
En todo caso, la Administración podrá requerir a los concursantes las aclaraciones y
documentos necesarios para resolver las alegaciones presentadas, o en el caso de que, ante
la documentación aportada, se advirtiesen errores en las solicitudes presentadas.
A estos efectos, debe tenerse en cuenta por los participantes que, el hecho de no haber
obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la resolución definitiva.
De conformidad con lo regulado en el artículo 3, punto 2 del Decreto 188/2021, las notificaciones individuales, en caso de ser necesarias, se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, por lo que los solicitantes deberán estar dados de alta en el servicio de
Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE). La información del proceso de alta en este servicio y el sistema de comunicación se encuentra en el portal de la
Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ), en el apartado “Servicios y trámites”, siguiendo la secuencia: “Sede electrónica”, “Recibir”, “Notificaciones”.
Novena
Adjudicación definitiva. Recursos
9.1.
Publicación de vacantes definitivas.
Previamente a la Resolución definitiva de la convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se determinan las vacantes definitivas que corresponda proveer en este concurso, resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y en los lugares establecidos en la base 6.1 de esta resolución.
9.2. Publicación de adjudicación definitiva. Listas definitivas de admitidos, excluidos y baremo.
Resueltas las alegaciones y renuncias a que se refiere el apartado 8.5 de la Base anterior, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se aprueba la
adjudicación definitiva de este concurso de traslados. Dicha resolución se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los lugares establecidos en la
base 6.1 de esta resolución. En ella se anunciarán las fechas y lugares de exposición de los
listados con los resultados definitivos de este concurso, declarando desestimadas las alegaciones no recogidas en los mismos.
El destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de
la convocatoria, podrá ser anulado de oficio de acuerdo con lo dispuesto al respecto en el
ordenamiento jurídico, así como en el caso de comprobarse la inexactitud o falsedad de los
documentos aportados; ello, sin perjuicio de la eventual exigencia de responsabilidad a que
hubiere lugar.
Con esta resolución, se darán por resueltas todas las alegaciones que se hayan formulado, debiendo los concursantes, mediante su publicación, entenderse notificados a todos
los efectos de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.3.
Plazo de presentación de recursos.
9.4.
Irrenunciabilidad de los destinos obtenidos.
Las plazas adjudicadas en dicha resolución son irrenunciables, debiendo incorporarse
los participantes a las plazas obtenidas en este concurso de traslados.
9.5.
Toma de posesión.
La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan tendrá lugar el 1 de septiembre de 2024.
BOCM-20231102-8
Contra la resolución por la que se apruebe la adjudicación definitiva del concurso, que
no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante la
Viceconsejería de Organización Educativa, en el plazo de un mes a contar a partir del día
siguiente a la fecha de la exposición de los listados a que se refiere el apartado 9.2, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115,121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 261
Si al revisar los expedientes que constan en esta Dirección General o la documentación aportada por el concursante, se comprobara que existen errores en la baremación de
sus méritos, se procederá a su subsanación, previa notificación al interesado.
En todo caso, la Administración podrá requerir a los concursantes las aclaraciones y
documentos necesarios para resolver las alegaciones presentadas, o en el caso de que, ante
la documentación aportada, se advirtiesen errores en las solicitudes presentadas.
A estos efectos, debe tenerse en cuenta por los participantes que, el hecho de no haber
obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la resolución definitiva.
De conformidad con lo regulado en el artículo 3, punto 2 del Decreto 188/2021, las notificaciones individuales, en caso de ser necesarias, se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, por lo que los solicitantes deberán estar dados de alta en el servicio de
Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE). La información del proceso de alta en este servicio y el sistema de comunicación se encuentra en el portal de la
Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid/ ), en el apartado “Servicios y trámites”, siguiendo la secuencia: “Sede electrónica”, “Recibir”, “Notificaciones”.
Novena
Adjudicación definitiva. Recursos
9.1.
Publicación de vacantes definitivas.
Previamente a la Resolución definitiva de la convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se determinan las vacantes definitivas que corresponda proveer en este concurso, resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID y en los lugares establecidos en la base 6.1 de esta resolución.
9.2. Publicación de adjudicación definitiva. Listas definitivas de admitidos, excluidos y baremo.
Resueltas las alegaciones y renuncias a que se refiere el apartado 8.5 de la Base anterior, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución por la que se aprueba la
adjudicación definitiva de este concurso de traslados. Dicha resolución se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los lugares establecidos en la
base 6.1 de esta resolución. En ella se anunciarán las fechas y lugares de exposición de los
listados con los resultados definitivos de este concurso, declarando desestimadas las alegaciones no recogidas en los mismos.
El destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de
la convocatoria, podrá ser anulado de oficio de acuerdo con lo dispuesto al respecto en el
ordenamiento jurídico, así como en el caso de comprobarse la inexactitud o falsedad de los
documentos aportados; ello, sin perjuicio de la eventual exigencia de responsabilidad a que
hubiere lugar.
Con esta resolución, se darán por resueltas todas las alegaciones que se hayan formulado, debiendo los concursantes, mediante su publicación, entenderse notificados a todos
los efectos de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.3.
Plazo de presentación de recursos.
9.4.
Irrenunciabilidad de los destinos obtenidos.
Las plazas adjudicadas en dicha resolución son irrenunciables, debiendo incorporarse
los participantes a las plazas obtenidas en este concurso de traslados.
9.5.
Toma de posesión.
La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan tendrá lugar el 1 de septiembre de 2024.
BOCM-20231102-8
Contra la resolución por la que se apruebe la adjudicación definitiva del concurso, que
no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante la
Viceconsejería de Organización Educativa, en el plazo de un mes a contar a partir del día
siguiente a la fecha de la exposición de los listados a que se refiere el apartado 9.2, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115,121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.