D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231031-20)
Convenio –  Convenio de 13 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y el Ayuntamiento de Alcorcón, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Hogar 68, Virgen de Icíar, Universidad Popular, Torres Bellas y San José de Valderas”, en el municipio de Alcorcón, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Alcorcón, como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 31 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 259

diendo únicamente a su fecha de presentación, una vez acreditado el cumplimiento de los
requisitos y condiciones establecidos en las bases y convocatoria, así como la existencia de
disponibilidad presupuestaria.
El Ayuntamiento de Alcorcón actuará como entidad colaboradora de la Consejería con
competencia en materia de vivienda para la gestión de la convocatoria de ayudas a actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y de conformidad con el artículo 16.1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y el Acuerdo número 10 de Comisión Bilateral, de fecha 28
de noviembre de 2022, se concederá de forma directa a la entidad gestora, al Ayuntamiento de Alcorcón, la subvención para financiar la prestación de los servicios de oficina de
rehabilitación y para la realización de las actuaciones de urbanización, reurbanización o
mejora del entorno físico.
De conformidad con el artículo 4.5.c) de la citada Ley 2/1995 podrán concederse de
forma directa con carácter excepcional, aquéllas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas
que dificulten su convocatoria pública.
Conforme a lo establecido en el artículo 59 en relación en el artículo 71 de la
Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para 2022, y en consonancia con el informe de la Abogacía General de la Comunidad de
Madrid de 18 de julio de 2022, la autorización de la concesión directa a través de este convenio corresponde al titular de la Consejería competente en materia de vivienda.
Por su parte, el apartado 6 de dicho artículo 4 establece para este supuesto de concesión directa que el expediente deberá incorporar un informe justificativo de la concurrencia
de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión
directa, firmado por el titular de la Consejería competente o de la que dependa el organismo autónomo, empresa o ente proponente.
En cumplimiento de este precepto, con fecha 17 de marzo de 2023, la entonces titular
de la Consejería competente en materia de vivienda, emitió el correspondiente informe justificativo.
Octavo
La presente subvención y la condición de entidad colaboradora del Ayuntamiento de
Alcorcón se instrumenta mediante el presente convenio, suscrito al amparo de lo dispuesto
en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en virtud del cual las Administraciones Públicas pueden suscribir convenios con organismos y entidades públicas dependientes o vinculados a las administraciones públicas, en
el ámbito de las competencias respectivas, para la consecución de intereses con fines comunes. Al tener la naturaleza de subvención su contenido deberá cumplir con lo previsto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y restante normativa reguladora del régimen de subvenciones y ayudas públicas.
Con tal motivo, y para establecer las condiciones de gestión del Entorno Residencial
de Rehabilitación Programada de “Hogar 68, Virgen de Icíar, Universidad Popular, Torres
Bellas y San José de Valderas”, en el término municipal de Alcorcón, en el marco del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, al amparo de lo dispuesto en los artículos 12 a 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el citado Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, ambas partes acuerdan establecer
el presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

Primera
Objeto del convenio.
El presente Convenio tiene por objeto, por un lado, establecer los términos para instrumentar la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Alcorcón para el establecimiento de una oficina de rehabilitación que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de
“Hogar 68, Virgen de Icíar, Universidad Popular, Torres Bellas y San José de Valderas”,

BOCM-20231031-20

I. DISPOSICIONES GENERALES