C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valoriza Servicios Medioambientales, S. A. (Servicio de RSU, limpieza viaria, mantenimiento de papeleras y contenedores de Collado Villalba) (código número 28001721011983)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023

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Capítulo III
Condiciones económicas
Art. 13 Retribuciones
Los conceptos retributivos contenidos en el presente Convenio son las siguientes:
a)

Salario Base
Es el establecido en la Tabla Salarial anexa para cada puesto de trabajo, abonándose por
once mensualidades.

b)

Plus penoso y/o peligroso
Equivale al 20 por 100 del salario base, cuyo importe percibirán los trabajadores que se
reflejan en las Tablas salariales anexas, por once mensualidades.

c)

Plus de asistencia
Se establece este plus, en la cuantía indicada en la Tabla anexa para los distintos puestos
de trabajo existentes, que se abonarán por once mensualidades.

d)

Plus Convenio
Es el indicado en la Tabla Salarial anexa para cada puesto de trabajo, abonándose por
once mensualidades.
Puesto que no se presta el servicio los días 1 de enero, 1 de mayo y 25 de diciembre, los
trabajadores de Recogida, reconociendo la necesidad de recoger la totalidad de los
residuos acumulados en dichas fechas, se comprometen a terminar el servicio en los días
inmediatamente posteriores, incluido el vertido en caso del puesto de conductor y aun
prolongando la jornada laboral ordinaria si fuera preciso, puesto que las posibles horas
extraordinarias que por este motivo se abonaba y que ha quedado integrado en este plus
de convenio.
Asimismo, la Empresa se compromete, hasta que exista modificación o ampliación de los
servicios de recogida, a reforzar el servicio con un equipo de recogida cuya función será la
recogida de residuos existentes fuera de los contenedores de carga lateral y recogida de
contenedores zona de carga trasera.

e)

Plus de Especialización
Se abonará por once mensualidades en la cuantía indicada en la Tabla Salarial anexa para
las funciones profesionales reflejadas en las mismas.

f)

Plus de Transporte
Se abonará según la Tabla Salarial anexa a todos los trabajadores por once mensualidades.

g)

Plus Vestuario
Se abonará según la Tabla Salarial anexa, por once mensualidades, en compensación
indemnizatoria por el mantenimiento y limpieza de las prendas de trabajo.

h)

Plus de Verano
Durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre, hay un notable aumento de la
población en Collado Villalba, que repercute sobre el incremento de la producción respecto
al resto del año, suponiendo un mayor esfuerzo y posibles prolongaciones de la jornada
ordinaria de trabajo.

Dichas cantidades compensarán en cada caso la posible prolongación de la jornada
ordinaria que se produzca en tal período, absorbiendo los devengos por horas
extraordinarias que por dicho motivo pudieran realizarse hasta su propio importe y cómputo
anual de dicho período.
i)

Plus Nocturno
Se establece este plus para aquellos trabajadores que realicen su jornada entre las
veintidós y las seis horas, correspondiendo su abono según la Tabla anexa por cada mes
trabajado en el turno de noche (25 por 100 salario base).

BOCM-20231028-2

La Empresa abonará la cantidad señalada en la Tablas Salariales anexas para cada puesto
de trabajo por once meses y en compensación por la mayor calidad y por la total terminación
del servicio en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.