C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Centro de Observación y Teledetección Espacial, S. A. U. (código número 28103721012023)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 257

Artículo 11. Movilidad geográfica
En caso de traslado del personal que implique cambio de residencia por razones técnicas,
organizativas, de producción o por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa
podrá efectuar traslados según el Estatuto de los Trabajadores, informando simultáneamente a la
representación de las personas trabajadoras para su conocimiento y valoración.

Artículo 12. Jornada
La jornada laboral se establece en 1776 horas anuales de trabajo efectivo, en cómputo de
40 horas semanales de trabajo efectivo.
La empresa, de acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras,
establecerá un calendario distribuyendo la jornada laboral pactada, antes del día 30 de enero de
cada año, en los centros de trabajo estables. En dicho calendario se establecerán los días
laborables y las horas diarias.
La dirección de la empresa estudiará la posibilidad de realizar jornada continuada de
verano en aquellas áreas productivas y períodos en los que sea posible, así como, en tal caso, la
forma de efectuar una compensación horaria para aquellas áreas productivas en las que no sea
posible realizar jornada continua.
Teniendo en cuenta las diferentes condiciones organizativas y de producción y, cuando
exista tal necesidad, la empresa podrá distribuir irregularmente las horas de trabajo que componen
la jornada máxima anual, sin que en ningún caso se puedan establecer más de nueve horas
ordinarias de trabajo efectivo diarias y con respeto a los periodos mínimos de descanso diario y
semanal. La persona trabajadora deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días el día y
hora de la prestación de trabajo resultante de la distribución irregular de la jornada. Las diferencias
derivadas de la distribución irregular de la jornada deberán quedar compensadas en el plazo de
doce meses desde que se produzcan.
El calendario, una vez negociado, deberá exponerse en sitio visible en cada centro de
trabajo.
Artículo 13. Trabajo a distancia
Se establece la posibilidad organizativa de pactar tiempos de trabajo a distancia en los
puestos y centros de trabajo que sea posible, con los criterios de duración y frecuencia que se
establezcan en cada caso, considerando las partes firmantes que esta modalidad de trabajo es un
instrumento idóneo para promover la conciliación de la vida laboral, personal y familiar. En este
sentido, la empresa, de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, diseñará una
política que regule las condiciones de esta forma de trabajo, que tendrá carácter voluntario para la
empresa y para la persona trabajadora.
Artículo 14. Registro diario de jornada

Artículo 15. Derecho a la desconexión digital
Las partes firmantes acuerdan que la desconexión digital es un derecho cuya regulación
contribuye a la salud de las personas trabajadoras, mejorando el clima laboral y la calidad del
trabajo.
Con el objetivo de garantizar el derecho a la desconexión digital, la empresa elaborará,
previa audiencia a los representantes de las personas trabajadoras, un protocolo interno dirigido a la

BOCM-20231028-1

La empresa garantiza el registro diario de jornada, que incluirá el horario concreto de
inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, así como las ausencias
durante la jornada diaria de trabajo.
Sin menoscabo del alcance universal de la normativa legal sobre el Registro de Jornada
para toda la plantilla, por lo que se refiere al presente Acuerdo, éste será de aplicación a todos los
trabajadores y trabajadoras incluidos dentro del ámbito del presente Convenio Colectivo.
La forma de organizar el registro diario de jornada en la empresa vendrá regulada en el
protocolo de registro de jornada que detallará la forma en que debe llevarse a cabo el registro de la
jornada, el sistema a utilizar, la forma específica de cumplimentarlo, la forma de cómputo de los
tiempos de trabajo, obligaciones de las personas trabajadoras, consecuencias de su
incumplimiento, todo ello, cumpliendo siempre, lo dispuesto en la normativa legal vigente en cada
momento.