C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231027-17)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 25 de octubre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para 2023 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 81

Séptimo
El ámbito geográfico de las actividades objeto de las subvenciones será el territorio de
la Comunidad de Madrid.
Las actividades y proyectos que podrán realizarse son:
1) Proyectos de información y promoción del cumplimiento de la normativa (apartados a) y d) del artículo 2 de las Bases Reguladoras).
Estarán dirigidos a la difusión entre trabajadores y empresarios de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de tales
principios, así como, al fomento del conocimiento y la aplicación por empresarios y trabajadores de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en materia de Prevención de Riesgos Laborales en especial a través de mecanismos e instrumentos desarrollados
al efecto.
Para ello, se podrán emplear:
— Jornadas, seminarios y encuentros y actuaciones formativas o de divulgación similares.
— Documentación de tipo informativo o divulgativo, según la necesidad, que podrán
clasificarse en:
d Libros y manuales: Documentos de carácter predominantemente técnico o especializado, de 49 páginas o más.
d Publicaciones periódicas: Se entenderá por tales los documentos de aparición
regular cuyos volúmenes o números se suceden en orden numérico o cronológico, bajo un título común, y con independencia del formato o extensión.
d Dípticos, trípticos y cuadrípticos: Se entenderá por tales una lámina de papel,
cartulina o similar, que se dobla en dos, tres o cuatro partes respectivamente, y
que constituyen un medio para comunicar ideas sencillas sobre aspectos relacionados con la prevención.
d Folletos: Documento divulgativo de entre 5 y 48 páginas.
d Carteles: Soporte de información de cara única que incluye un mensaje visual
(textos, imágenes y todo tipo de recursos gráficos) y sirva de anuncio para difundir una información.
Se excluyen los formatos de gran tamaño como vallas publicitarias y similares.
— Vídeos.
2) Acciones de asistencia técnica (letra b del artículo 2 de las Bases Reguladoras).
Serán aquellas que estén dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de
la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. Consistirán en un asesoramiento preventivo específico, que incluye tanto el desplazamiento a empresas y/o centros
de trabajo, a iniciativa del beneficiario, como los trabajos de gabinete necesarios previos y
posteriores para principalmente asesorar sobre una materia preventiva particular de manera eficaz.
Estas acciones serán realizadas por técnicos superiores de prevención de riesgos laborales, técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales (ciclo formativo de grado
superior de Formación Profesional) o por aquellos técnicos capacitados para desarrollar las
funciones de nivel intermedio, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento
de los Servicios de Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Las líneas prioritarias de actuación a desarrollar, conforme a lo establecido en la
EESST 2023-2027, son las recogidas dentro de los Objetivos estratégicos en la misma, que
se reflejan a continuación:
a) Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
priorizando reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.
b) Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo,
los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva, priorizando anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.
c) Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes priorizando integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas promoviendo una mayor
implicación de recursos propios.

BOCM-20231027-17

Actividades y Proyectos subvencionables. Ámbito y objeto de las subvenciones