Griñón (BOCM-20231026-50)
Urbanismo. Ordenanza edificación, construcción e instalaciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 255
constructivo (del propio edificio) las mediciones se realizarán mediante la suma de los
segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto de
evacuación-borde del obstáculo-hueco afectado.
2. En el caso de que la evacuación de aire se realice a zonas de paso habitual de
personas deberá respetar una altura mínima de 2,50m por encima de la superficie
transitable y estará provista de una rejilla de 45º de inclinación, que oriente el aire
hacia arriba.
Las instalaciones deberán disponer de un sistema de recogida y conducción de agua que
impida que se produzca goteo al exterior.
Cuando las diferentes salidas al exterior, procedentes de ventilación o climatización de un
local o actividad, disten entre sí más de 5,00m se considerarán independientes. También
será así cuando se hallen en distintos paramentos verticales que formen un ángulo
convexo superior a 180º.
Iluminación
La iluminación de las piezas y locales podrá resolverse de forma natural, mediante huecos al
exterior, o artificial, mediante sistemas de alumbrado. Cualquier hueco de fachada deberá respetar
una distancia lateral mínima de 0,60m respecto de la fachada del edificio de la finca colindante.
Sin perjuicio de incidencia de las condiciones que se detallen para cada uso, toda pieza o local
dispondrá de alumbrado artificial con el nivel de iluminación y los valores de eficiencia energética
exigidos por el Código Técnico de Edificación o norma que lo sustituya.
Patio46
Es todo espacio no edificado delimitado por fachadas interiores de la edificación. Atendiendo a su
situación en el edificio se distinguen las siguientes clases:
a)
Patio de manzana: aquel cuya forma y posición están definidos por el planeamiento
mediante las alineaciones interiores de manzana que, junto con los de las parcelas
colindantes, forman un espacio libre.
Patio de parcela47: Es la superficie libre de edificación necesaria para el mantenimiento de las
condiciones de higiene de la edificación -ventilación, soleamiento, etc.- dentro de cada
parcela, o bien la superficie libre de parcela que queda tras la obligación de los
parámetros de alineaciones, fondo, etc. establecidos para cada clave. Se distinguen:
1. Patio cerrado de parcela: aquel situado en el interior de la edificación de parcela y
cerrado por todos sus lados.
Patio abierto de parcela: aquel situado entre el perímetro de la edificación y las fincas
colindantes, vial o espacio libre público.
Patio inglés: Patio situado en fachada exterior cuyo suelo se encuentra por debajo de la
rasante de la acera o terreno, con una anchura mínima de 2,50m. Su longitud no superará
el 50% de la fachada a la que sirve.
El dimensionado de los patios de parcela de la edificación se establece en función del uso de las
piezas que abren a ellos y de la altura "H" del patio; las distancias mínimas requeridas serán:
Habitable
Cocina
No habitable
46Arts.
47Arts.
7.54 y 7.55. Título VII NGE
7.27. Título VII NGE
Distancia entre paramentos
opuestos con ventanas
A≥0,40·H≥3,00m
A≥0,30·H≥3,00m
A≥0,25·H≥2,70m
Distancia entre un paramento
con ventanas y otro ciego
B≥0,32·H≥3,00m
B≥0,24·H≥2,70m
B≥0,20·H≥2,40m
Distancia entre paramentos
opuestos ciegos
D≥0,25·H≥2,70m
D≥0,19·H≥2,40m
D≥0,16·H≥2,10m
BOCM-20231026-50
Tipo de pieza
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 255
constructivo (del propio edificio) las mediciones se realizarán mediante la suma de los
segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto de
evacuación-borde del obstáculo-hueco afectado.
2. En el caso de que la evacuación de aire se realice a zonas de paso habitual de
personas deberá respetar una altura mínima de 2,50m por encima de la superficie
transitable y estará provista de una rejilla de 45º de inclinación, que oriente el aire
hacia arriba.
Las instalaciones deberán disponer de un sistema de recogida y conducción de agua que
impida que se produzca goteo al exterior.
Cuando las diferentes salidas al exterior, procedentes de ventilación o climatización de un
local o actividad, disten entre sí más de 5,00m se considerarán independientes. También
será así cuando se hallen en distintos paramentos verticales que formen un ángulo
convexo superior a 180º.
Iluminación
La iluminación de las piezas y locales podrá resolverse de forma natural, mediante huecos al
exterior, o artificial, mediante sistemas de alumbrado. Cualquier hueco de fachada deberá respetar
una distancia lateral mínima de 0,60m respecto de la fachada del edificio de la finca colindante.
Sin perjuicio de incidencia de las condiciones que se detallen para cada uso, toda pieza o local
dispondrá de alumbrado artificial con el nivel de iluminación y los valores de eficiencia energética
exigidos por el Código Técnico de Edificación o norma que lo sustituya.
Patio46
Es todo espacio no edificado delimitado por fachadas interiores de la edificación. Atendiendo a su
situación en el edificio se distinguen las siguientes clases:
a)
Patio de manzana: aquel cuya forma y posición están definidos por el planeamiento
mediante las alineaciones interiores de manzana que, junto con los de las parcelas
colindantes, forman un espacio libre.
Patio de parcela47: Es la superficie libre de edificación necesaria para el mantenimiento de las
condiciones de higiene de la edificación -ventilación, soleamiento, etc.- dentro de cada
parcela, o bien la superficie libre de parcela que queda tras la obligación de los
parámetros de alineaciones, fondo, etc. establecidos para cada clave. Se distinguen:
1. Patio cerrado de parcela: aquel situado en el interior de la edificación de parcela y
cerrado por todos sus lados.
Patio abierto de parcela: aquel situado entre el perímetro de la edificación y las fincas
colindantes, vial o espacio libre público.
Patio inglés: Patio situado en fachada exterior cuyo suelo se encuentra por debajo de la
rasante de la acera o terreno, con una anchura mínima de 2,50m. Su longitud no superará
el 50% de la fachada a la que sirve.
El dimensionado de los patios de parcela de la edificación se establece en función del uso de las
piezas que abren a ellos y de la altura "H" del patio; las distancias mínimas requeridas serán:
Habitable
Cocina
No habitable
46Arts.
47Arts.
7.54 y 7.55. Título VII NGE
7.27. Título VII NGE
Distancia entre paramentos
opuestos con ventanas
A≥0,40·H≥3,00m
A≥0,30·H≥3,00m
A≥0,25·H≥2,70m
Distancia entre un paramento
con ventanas y otro ciego
B≥0,32·H≥3,00m
B≥0,24·H≥2,70m
B≥0,20·H≥2,40m
Distancia entre paramentos
opuestos ciegos
D≥0,25·H≥2,70m
D≥0,19·H≥2,40m
D≥0,16·H≥2,10m
BOCM-20231026-50
Tipo de pieza