D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231019-26)
Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para la creación de la “Cátedra IRSST-UFV I+D+i en fomento de la cultura, educación e inclusión en seguridad, salud y bienestar”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 249

A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
i.
Aprobación anual del Plan de Actividades.
ii.
Aprobación del presupuesto.
iii.
Realización del seguimiento y el control de la ejecución del plan de actividades
y del presupuesto.
iv.
Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de
Seguimiento, en concordancia con los estatutos y normativa reguladora de las
instituciones firmantes.
v.
Elevación a los órganos de gobiernos respectivos las propuestas, informes,
acuerdos o decisiones que exijan la sanción o ratificación de los mismos.
vi.
Velar por el cumplimiento y ejecución de los términos y condiciones de este
convenio.
vii. Promover la posibilidad de colaboración en temas científico-tecnológicos de interés común.
viii. Elaborar y aprobar la memoria anual de actividades y de la memoria económica.
ix.
Dirimir cuantas dudas puedan surgir en la ejecución o interpretación del presente convenio, incluyendo las relativas a los posibles incumplimientos de las obligaciones y compromisos.
x.
Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos y que se
acuerden entre las partes.
La Comisión de Seguimiento, se reunirá en sesión ordinaria al menos una (1)
vez al año con agenda predefinida. Se reunirá igualmente, en sesión extraordinaria, cuando
lo solicite alguna de las partes.
Sexta
Estructura de la cátedra
La Cátedra se estructura mediante los siguientes órganos de gobierno:
— Una codirección formada por la directora del Servicio de Seguridad, Salud y Bienestar y un profesor/a Doctor/a de la Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno,
ambas de la UFV.
— Órgano colegiado, que es la Comisión de Seguimiento constituida en el presente
convenio.
Séptima
El Vicerrector de Investigación y Postgrado de la UFV propondrá al Rector, el personal que forme la codirección de la Cátedra, de entre el profesorado o personal de administración y servicios con vinculación permanente a la UFV, que estén relacionados con los
campos de conocimiento afines a la Cátedra, siendo los responsables de la ejecución del
programa de actividades.
El nombramiento de la codirección de la Cátedra corresponde al Rector de la UFV.
Este procedimiento será igualmente de aplicación cuando se trate de una renovación
de la Cátedra.
Las funciones del Director o codirectoras de la Cátedra serán:
1. Representar a la Cátedra ante la UFV, la Comunidad de Madrid y otras instituciones de acuerdo con la Comisión de Seguimiento.
2. Convocar a la Comisión de Seguimiento.
3. Planificación, seguimiento y ejecución de las funciones encomendadas por la Comisión de Seguimiento.
4. Definir y coordinar la gestión del presupuesto de la Cátedra de acuerdo con la Comisión de Seguimiento.
5. Presentar anualmente una memoria de actividades y una memoria económica al
Vicerrectorado de investigación y postgrado.
6. Velar por el correcto cumplimiento de los acuerdos y compromisos de divulgación
de los contenidos de la Cátedra.
7. Cualquier otra función establecida en los Decretos Rectorales de creación de las
Cátedras.

BOCM-20231019-26

Dirección de la cátedra