D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231009-25)
Convenio – Convenio de 19 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación San Agustín, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 27.455 euros para la realización de actividades educativas durante 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 243
4. La Fundación, según el artículo 2 de sus Estatutos, se constituye con el objeto de
propagar el mensaje cristiano a través de los diferentes medios de comunicación social y, concretamente, por la revista “Alfa y Omega”, con contenidos, en gran parte, educativos.
5. La Fundación ha elaborado un programa de actividades para el año 2023, a través de
las cuales alcanzará los fines que tiene reconocidos en el estatuto fundacional, siendo de interés para la Consejería, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas, participar en
las actividades de la Fundación, dada la coincidencia de objetivos de ambas instituciones.
6. Esta subvención se tramita de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
constando el informe del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades de fecha 28 de marzo de 2023 justificativo de las razones de interés en su tramitación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.6 de la citada ley.
7. En fecha 19 de julio de 2023, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
autorizó la celebración de este convenio.
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se somete a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa por parte de la Comunidad de Madrid a la Fundación San Agustín, para el apoyo de la labor educativa mediante la impresión y distribución en papel del semanario de formación e información religiosa “Alfa y Omega”.
Segunda
Cuantía y pago de la subvención
BOCM-20231009-25
1. La Comunidad de Madrid se compromete a financiar la realización de la actividad
contemplada en la cláusula primera, con una cantidad máxima de veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros (27.455 euros), en concepto de subvención.
En la actualidad el coste de impresión del semanario “Alfa y Omega” se sitúa entre
los 27.872 euros y los 34.840 euros mensuales. Dicha impresión es llevada a cabo por el
Diario ABC. En cumplimiento del objeto del convenio, el importe de la subvención que se
percibe de la Comunidad de Madrid se destina íntegramente al pago de una de las facturas
del citado diario.
La Fundación destinará la subvención de la Comunidad de Madrid a las actuaciones
derivadas del objeto de este convenio. En el caso de que la entidad subcontrate con terceros para la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, deberá acogerse a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Esta aportación se realizará con cargo al subconcepto 48139 del Programa 321M del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados por el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.
Dicha cantidad se abonará en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de
constituir garantía, previa autorización de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para el año 2022 y el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 2 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 243
4. La Fundación, según el artículo 2 de sus Estatutos, se constituye con el objeto de
propagar el mensaje cristiano a través de los diferentes medios de comunicación social y, concretamente, por la revista “Alfa y Omega”, con contenidos, en gran parte, educativos.
5. La Fundación ha elaborado un programa de actividades para el año 2023, a través de
las cuales alcanzará los fines que tiene reconocidos en el estatuto fundacional, siendo de interés para la Consejería, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas, participar en
las actividades de la Fundación, dada la coincidencia de objetivos de ambas instituciones.
6. Esta subvención se tramita de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
constando el informe del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades de fecha 28 de marzo de 2023 justificativo de las razones de interés en su tramitación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.6 de la citada ley.
7. En fecha 19 de julio de 2023, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
autorizó la celebración de este convenio.
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se somete a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa por parte de la Comunidad de Madrid a la Fundación San Agustín, para el apoyo de la labor educativa mediante la impresión y distribución en papel del semanario de formación e información religiosa “Alfa y Omega”.
Segunda
Cuantía y pago de la subvención
BOCM-20231009-25
1. La Comunidad de Madrid se compromete a financiar la realización de la actividad
contemplada en la cláusula primera, con una cantidad máxima de veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros (27.455 euros), en concepto de subvención.
En la actualidad el coste de impresión del semanario “Alfa y Omega” se sitúa entre
los 27.872 euros y los 34.840 euros mensuales. Dicha impresión es llevada a cabo por el
Diario ABC. En cumplimiento del objeto del convenio, el importe de la subvención que se
percibe de la Comunidad de Madrid se destina íntegramente al pago de una de las facturas
del citado diario.
La Fundación destinará la subvención de la Comunidad de Madrid a las actuaciones
derivadas del objeto de este convenio. En el caso de que la entidad subcontrate con terceros para la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, deberá acogerse a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Esta aportación se realizará con cargo al subconcepto 48139 del Programa 321M del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados por el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.
Dicha cantidad se abonará en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de
constituir garantía, previa autorización de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para el año 2022 y el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 2 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.