A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231005-2)
Estructura orgánica – Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
i)
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o)
p)
q)
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x)
y)
B.O.C.M. Núm. 237
nidad de Madrid y su coordinación con el Servicio Madrileño de Salud, con centros
sanitarios privados, con otras redes nacionales o de comunidades autónomas.
La adopción, cuando proceda, de las medidas previstas en la Ley Orgánica
3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
La ordenación, dirección y gestión de las actividades de la Red de Vigilancia
Epidemiológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo el Registro poblacional del Cáncer y el de Enfermedades Raras de la Comunidad de Madrid.
La dirección del Laboratorio Regional de Salud Pública y del Centro de Vacunación de la Comunidad de Madrid, así como la coordinación de los centros de vacunación internacional de la Comunidad de Madrid.
La promoción de la seguridad alimentaria, así como la vigilancia y la evaluación
de riesgos relativos a las zoonosis alimentarias, las resistencias antimicrobianas
y de la presencia de contaminantes y residuos químicos en los alimentos.
El control sanitario, autorización y registro de las empresas alimentarias en el
ámbito de la seguridad de los productos alimenticios por ellas producidos y comercializados, con exclusión de los residuos, subproductos y desperdicios fruto
de su actividad cuyo destino no sea la cadena alimentaria humana.
La vigilancia y control del fraude, la calidad alimentaria y en la publicidad de
productos y servicios relacionados con la alimentación, así como la protección
de los consumidores en el ámbito alimentario.
El control sanitario de los riesgos ambientales para la salud en relación con las
aguas, calidad del ambiente interior e instalaciones de riesgo de legionelosis.
El control e inspección de la comercialización y uso de productos químicos y
biocidas para minimizar los riesgos para la salud, así como la autorización de las
empresas biocidas.
La evaluación del impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos
en cumplimiento de la normativa medioambiental.
La vigilancia de la exposición a los riesgos ambientales físicos, químicos y biológicos con relevancia para la salud de la población, incluyendo la vigilancia de
las zoonosis no alimentarias en fauna silvestre, animales domésticos y de los
vectores transmisores de enfermedades.
La coordinación de programas y actuaciones, incluidas las redes de alerta, con
otros órganos de la Comunidad de Madrid y las corporaciones locales en el ámbito de la seguridad alimentaria y la sanidad ambiental.
El ejercicio de las funciones de sanidad mortuoria en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
La elaboración del Informe del Estado de Salud de la Comunidad de Madrid,
con periodicidad bienal que define el estado de salud de la población madrileña
y su evolución temporal, así como el mantenimiento y explotación de otros sistemas de información.
La prevención en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, así
como la búsqueda de los cauces para compartir información y cooperar con otras comunidades autónomas e instituciones. Estas competencias se desarrollarán en colaboración con la Dirección General Asistencial del Servicio Madrileño de Salud.
El control de las limitaciones a la venta y consumo de tabaco y productos relacionados, y de las limitaciones a la publicidad y promoción de bebidas alcohólicas
establecidos legalmente, dentro del ámbito competencial de esta consejería.
El estudio, análisis y sistematización de la información que sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos, en sus diferentes aspectos, se produzca para
su suministro a los centros directivos de esta consejería y al Sistema Estatal de
Información, así como las investigaciones sobre la incidencia de nuevas sustancias y variaciones en los patrones de consumo que puedan producirse.
La planificación y coordinación de los recursos para la investigación sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos de que disponen las administraciones públicas, así como de aquellos recursos públicos asignados a instituciones de
titularidad privada del ámbito de la Comunidad de Madrid para tareas de investigación y recogida de datos sobre adicciones. Estas competencias se desarrollarán en coordinación con la Dirección General de Investigación y Docencia.
El ejercicio de la potestad sancionadora y facultades inspectoras en relación con
las materias propias de su competencia, así como el desempeño, como autoridad
sanitaria, de las facultades administrativas de intervención sobre productos, bienes o actividades, con el fin de garantizar la seguridad colectiva.
BOCM-20231005-2
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
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B.O.C.M. Núm. 237
nidad de Madrid y su coordinación con el Servicio Madrileño de Salud, con centros
sanitarios privados, con otras redes nacionales o de comunidades autónomas.
La adopción, cuando proceda, de las medidas previstas en la Ley Orgánica
3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
La ordenación, dirección y gestión de las actividades de la Red de Vigilancia
Epidemiológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo el Registro poblacional del Cáncer y el de Enfermedades Raras de la Comunidad de Madrid.
La dirección del Laboratorio Regional de Salud Pública y del Centro de Vacunación de la Comunidad de Madrid, así como la coordinación de los centros de vacunación internacional de la Comunidad de Madrid.
La promoción de la seguridad alimentaria, así como la vigilancia y la evaluación
de riesgos relativos a las zoonosis alimentarias, las resistencias antimicrobianas
y de la presencia de contaminantes y residuos químicos en los alimentos.
El control sanitario, autorización y registro de las empresas alimentarias en el
ámbito de la seguridad de los productos alimenticios por ellas producidos y comercializados, con exclusión de los residuos, subproductos y desperdicios fruto
de su actividad cuyo destino no sea la cadena alimentaria humana.
La vigilancia y control del fraude, la calidad alimentaria y en la publicidad de
productos y servicios relacionados con la alimentación, así como la protección
de los consumidores en el ámbito alimentario.
El control sanitario de los riesgos ambientales para la salud en relación con las
aguas, calidad del ambiente interior e instalaciones de riesgo de legionelosis.
El control e inspección de la comercialización y uso de productos químicos y
biocidas para minimizar los riesgos para la salud, así como la autorización de las
empresas biocidas.
La evaluación del impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos
en cumplimiento de la normativa medioambiental.
La vigilancia de la exposición a los riesgos ambientales físicos, químicos y biológicos con relevancia para la salud de la población, incluyendo la vigilancia de
las zoonosis no alimentarias en fauna silvestre, animales domésticos y de los
vectores transmisores de enfermedades.
La coordinación de programas y actuaciones, incluidas las redes de alerta, con
otros órganos de la Comunidad de Madrid y las corporaciones locales en el ámbito de la seguridad alimentaria y la sanidad ambiental.
El ejercicio de las funciones de sanidad mortuoria en el ámbito de la Comunidad
de Madrid.
La elaboración del Informe del Estado de Salud de la Comunidad de Madrid,
con periodicidad bienal que define el estado de salud de la población madrileña
y su evolución temporal, así como el mantenimiento y explotación de otros sistemas de información.
La prevención en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, así
como la búsqueda de los cauces para compartir información y cooperar con otras comunidades autónomas e instituciones. Estas competencias se desarrollarán en colaboración con la Dirección General Asistencial del Servicio Madrileño de Salud.
El control de las limitaciones a la venta y consumo de tabaco y productos relacionados, y de las limitaciones a la publicidad y promoción de bebidas alcohólicas
establecidos legalmente, dentro del ámbito competencial de esta consejería.
El estudio, análisis y sistematización de la información que sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos, en sus diferentes aspectos, se produzca para
su suministro a los centros directivos de esta consejería y al Sistema Estatal de
Información, así como las investigaciones sobre la incidencia de nuevas sustancias y variaciones en los patrones de consumo que puedan producirse.
La planificación y coordinación de los recursos para la investigación sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos de que disponen las administraciones públicas, así como de aquellos recursos públicos asignados a instituciones de
titularidad privada del ámbito de la Comunidad de Madrid para tareas de investigación y recogida de datos sobre adicciones. Estas competencias se desarrollarán en coordinación con la Dirección General de Investigación y Docencia.
El ejercicio de la potestad sancionadora y facultades inspectoras en relación con
las materias propias de su competencia, así como el desempeño, como autoridad
sanitaria, de las facultades administrativas de intervención sobre productos, bienes o actividades, con el fin de garantizar la seguridad colectiva.
BOCM-20231005-2
BOCM