A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20231005-1)
Estructura orgánica –  Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 237

2. En particular, le corresponden las siguientes competencias:
a) El impulso en la consecución de objetivos, así como la ejecución y control del
cumplimiento de los proyectos que le encargue el titular de la consejería.
b) La dirección y la coordinación de las direcciones generales de la consejería.
c) El impulso y desarrollo de la cooperación con otras administraciones y entidades,
tanto públicas como privadas, en las materias propias de la consejería.
d) La actuación como órgano de comunicación, seguimiento y coordinación de la actividad de la administración institucional adscrita a la consejería.
e) La promoción, impulso y coordinación de las estrategias y planes promovidos por
la consejería, así como el seguimiento y control del cumplimiento de las medidas
que figuren en los planes y estrategias promovidos por otras consejerías que afecten al ámbito competencial de las direcciones generales adscritas a la misma.
f) La representación del departamento en caso de vacante, ausencia o enfermedad
del titular de la consejería.
Artículo 4
Corresponden a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, con carácter general, las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre y,
en particular, las siguientes:
a) El impulso y elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general, en particular de normativa técnica, en las materias propias de su ámbito competencial.
b) La elaboración, desarrollo y ejecución de los planes y programas de actuación en
materia de vivienda y rehabilitación.
c) La ejecución y desarrollo de los diferentes programas de subvenciones regionales,
así como los planes estatales de vivienda en el marco del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid.
d) La gestión económico-presupuestaria derivada de los planes estatales de vivienda,
la aplicación de los fondos estatales a los diferentes programas de subvenciones,
su seguimiento presupuestario y la elaboración de las liquidaciones anuales y finales de cada uno de los planes.
e) El seguimiento, control y evaluación de los resultados de los diferentes programas, incluyendo la elaboración de estadísticas e informes, sin perjuicio de las
competencias de la Dirección General competente en materia de estadística.
f) La coordinación y colaboración con organismos y entidades públicos y privados
en orden a la puesta en práctica de las actuaciones programadas en los diferentes
planes de vivienda mediante la celebración de convenios o acuerdos de colaboración que garanticen la consecución de los objetivos programados.
g) El impulso y colaboración en iniciativas de promotores inmobiliarios y cooperativas
de viviendas en el ámbito de la promoción de viviendas protegidas y asequibles.
h) La tramitación y resolución de calificaciones de actuaciones protegibles en materia de vivienda, suelo para vivienda y rehabilitación y aplicación del régimen legal de protección propio de las viviendas.
i) El impulso y fomento de actuaciones dirigidas a la construcción de viviendas en
suelo público.
j) La adjudicación de las viviendas de promoción directa de la Comunidad de
Madrid y de aquellas cuyos derechos de propiedad o cualquier otro correspondan
a la Comunidad de Madrid y a la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de
Madrid, sin perjuicio de las competencias propias de esta.
k) El impulso de actuaciones dirigidas a fomentar el alquiler de viviendas en condiciones de seguridad y confianza.
l) El fomento del arbitraje como fórmula de resolución extrajudicial de controversias en todo tipo de negocios jurídicos inmobiliarios sobre bienes inmuebles, con
especial atención al arrendamiento de fincas urbanas.
m) La gestión del Registro de Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid.
n) La información y atención al ciudadano en cuestiones relacionadas con la vivienda, sin perjuicio de las competencias de coordinación que le corresponden a la dirección general competente en materia de información y atención al ciudadano.
ñ) La definición de elementos y conjuntos de interés en materia de arquitectura y patrimonio urbano y arquitectónico, así como su defensa, fomento, difusión e inves-

BOCM-20231005-1

Competencias de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación