D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231002-33)
Convenio – Publicación de 14 de septiembre de 2023, de primera adenda al convenio 00001316/2022, de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, por el que se establece el marco de colaboración para desarrollar el programa de formación permanente para el personal del Sistema Nacional de Empleo en el ámbito de la Comunidad de Madrid (2021-2023) correspondiente a la inversión C23.I5 “Gobernanza e impulso a las políticas de apoyo a la activación para el empleo” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 234
Tercero
Que en la cláusula decimocuarta, “Vigencia y modificación”, ambas partes acordaron
que la vigencia del presente Convenio se extendería desde la fecha de su firma hasta el 31
de diciembre de 2023, pudiendo prorrogarse al menos durante el año 2024 para dar soporte en todas aquellas tareas que fueran requeridas para la evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas ante las Autoridades competentes. Excepcionalmente, también podría prorrogarse al año 2024, la impartición de aquellas acciones formativas que no
hubieran podido impartirse en el período 2022-2023, en caso de que se prorrogase el plazo
permitido en el PRTR para la impartición de acciones formativas y siempre de común
acuerdo entre las partes.
Cuarto
Que según se indica en las cláusulas primera “Objeto del Convenio” y séptima “Inicio y
desarrollo de las actividades objeto de Convenio”, al finalizar el Convenio, al menos 2.100
participantes habrán completado las acciones formativas definidas.
Quinto
Que según se indica en la cláusula octava “Compromisos económicos”, la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de las actividades previstas en el
Convenio ascendía a un máximo de 735.000 euros a razón de 350 euros por alumno finalizado y hasta un máximo de 2.100 alumnos finalizados.
Sexto
Que a fecha 30 de junio de 2023, se ha alcanzado el número de 2.123 participantes, habiéndose cumplido el objetivo mínimo de 2.100 participantes finalizados, que son los que
generan el derecho de cobro de los 735.000 euros establecidos en Convenio. En el marco
del Convenio antes de la firma de la adenda quedan pendientes por impartir dos Acciones
Formativas (AC08CM002-4, AC08CM002-5) que Cámara de Comercio impartirá sin repercutir coste alguno por haberse alcanzado el objetivo mínimo y, por tanto, la aportación
máxima. El exceso de alumnos finalizados en el marco del Convenio antes de la firma de
la adenda no generará en ningún momento derecho a cobro ni computarán como alumnos
finalizados de la adenda, siendo por tanto la referencia 2.100 participantes finalizados.
Séptimo
Que ambas partes se encuentran satisfechas de los resultados alcanzados por dicho
Convenio.
Octavo
Que el plazo de ejecución y justificación del proyecto de inversión C23.I05.P02 finaliza el 31 de diciembre de 2023 tal y como establece el objetivo CID n.o 348 y se dispone
de 39.854,8 euros sin ejecutar para seguir formando al personal del Sistema Nacional de
Empleo de la Comunidad de Madrid.
Noveno
CLÁUSULAS
Primera
Modificación de la cláusula Primera, “Objeto del convenio”.
Las partes acuerdan ampliar el objeto del Convenio de colaboración suscrito el 20 de
julio de 2022, de acuerdo con lo señalado en los expositivos de la presente Adenda, para lo
BOCM-20231002-33
Que las acciones formativas a impartir deberán ser de entre los cursos incluidos en el
anexo II del Convenio al que se añadirá el denominado “Técnicas de Comunicación y presentaciones eficaces” dentro del Área de capacitación AC14 y código AC14CM007
(AC14P054).
Que, sobre las bases o antecedentes que preceden, las partes proceden a suscribir el
presente acuerdo con arreglo a las siguientes:
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 234
Tercero
Que en la cláusula decimocuarta, “Vigencia y modificación”, ambas partes acordaron
que la vigencia del presente Convenio se extendería desde la fecha de su firma hasta el 31
de diciembre de 2023, pudiendo prorrogarse al menos durante el año 2024 para dar soporte en todas aquellas tareas que fueran requeridas para la evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas ante las Autoridades competentes. Excepcionalmente, también podría prorrogarse al año 2024, la impartición de aquellas acciones formativas que no
hubieran podido impartirse en el período 2022-2023, en caso de que se prorrogase el plazo
permitido en el PRTR para la impartición de acciones formativas y siempre de común
acuerdo entre las partes.
Cuarto
Que según se indica en las cláusulas primera “Objeto del Convenio” y séptima “Inicio y
desarrollo de las actividades objeto de Convenio”, al finalizar el Convenio, al menos 2.100
participantes habrán completado las acciones formativas definidas.
Quinto
Que según se indica en la cláusula octava “Compromisos económicos”, la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de las actividades previstas en el
Convenio ascendía a un máximo de 735.000 euros a razón de 350 euros por alumno finalizado y hasta un máximo de 2.100 alumnos finalizados.
Sexto
Que a fecha 30 de junio de 2023, se ha alcanzado el número de 2.123 participantes, habiéndose cumplido el objetivo mínimo de 2.100 participantes finalizados, que son los que
generan el derecho de cobro de los 735.000 euros establecidos en Convenio. En el marco
del Convenio antes de la firma de la adenda quedan pendientes por impartir dos Acciones
Formativas (AC08CM002-4, AC08CM002-5) que Cámara de Comercio impartirá sin repercutir coste alguno por haberse alcanzado el objetivo mínimo y, por tanto, la aportación
máxima. El exceso de alumnos finalizados en el marco del Convenio antes de la firma de
la adenda no generará en ningún momento derecho a cobro ni computarán como alumnos
finalizados de la adenda, siendo por tanto la referencia 2.100 participantes finalizados.
Séptimo
Que ambas partes se encuentran satisfechas de los resultados alcanzados por dicho
Convenio.
Octavo
Que el plazo de ejecución y justificación del proyecto de inversión C23.I05.P02 finaliza el 31 de diciembre de 2023 tal y como establece el objetivo CID n.o 348 y se dispone
de 39.854,8 euros sin ejecutar para seguir formando al personal del Sistema Nacional de
Empleo de la Comunidad de Madrid.
Noveno
CLÁUSULAS
Primera
Modificación de la cláusula Primera, “Objeto del convenio”.
Las partes acuerdan ampliar el objeto del Convenio de colaboración suscrito el 20 de
julio de 2022, de acuerdo con lo señalado en los expositivos de la presente Adenda, para lo
BOCM-20231002-33
Que las acciones formativas a impartir deberán ser de entre los cursos incluidos en el
anexo II del Convenio al que se añadirá el denominado “Técnicas de Comunicación y presentaciones eficaces” dentro del Área de capacitación AC14 y código AC14CM007
(AC14P054).
Que, sobre las bases o antecedentes que preceden, las partes proceden a suscribir el
presente acuerdo con arreglo a las siguientes: