Alcalá de Henares (BOCM-20230922-24)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 226
— La escala de barrio sea el elemento básico de organización, gestión y planificación
urbana, acogiendo y promoviendo la transformación social y posibilitando la autonomía dentro de estos espacios, siempre con condiciones de seguridad, calidad y
habitabilidad.
— El barrio debería solucionar las necesidades básicas de uso cotidiano, sin tener que
hacer uso del transporte privado: compra de productos básicos, servicios de proximidad, servicios de salud primaria, etc.
— Los equipamientos estén situados cerca del continuo urbano y generen bienestar
garantizando una oferta pública de calidad y proximidad.
— Se eviten los espacios inseguros que puedan dar lugar a posibles agresiones o situaciones de peligro y discriminación.
Contenido del análisis:
Como se indicaba en el apartado de introducción, el contenido de este informe está
conformado por los análisis específicos de:
— Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
— Dignidad y respeto a la persona.
— Impacto en la infancia, la adolescencia y la familia.
— Accesibilidad.
Marco normativo:
Europeo-Internacional:
— Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París.
— Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea, documento que fue proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión
Europea el 7 de diciembre de 2000 en Niza. La versión revisada de la Carta fue
proclamada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo.
— Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede.
Estatal:
— Constitución Española de 1978.
— Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
— Ley Orgánica 372007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
— Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, Condiciones Básicas de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los
espacios públicos urbanizados y edificaciones,
— Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Autonómica: Normativa vigente en materia de legislación urbanística y normativas
sectoriales en los aspectos tratados en el presente documento.
III.03.01. Memoria de Impacto de Igualdad efectivo entre mujeres y hombres
Introducción:
Impulsar la creación de ciudades sostenibles, centradas en las necesidades cotidianas
de las personas y que ofrezcan las mismas oportunidades y beneficios a mujeres y hombres,
ya no es una opción sino una obligación legal. Por ello, el presente Plan Especial de redes
de equipamiento dotacional incluye todos los requisitos de la legislación vigente.
Favorecer la igualdad entre mujeres y hombres a través de las políticas urbanas obliga
a repensar cómo se diseñan y desarrollan las ciudades. Esta forma de concebir las actuaciones urbanísticas desde una perspectiva sensible a la dimensión de igualdad efectiva se
asienta en los siguientes elementos:
— Concebir el urbanismo con una herramienta de intervención pública útil para propiciar la eliminación de los desequilibrios y desigualdades de mujeres y hombres,
fijando objetivos concretos de igualdad a alcanzar, así como estrategias y prácticas necesarias para su conservación.
BOCM-20230922-24
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 226
— La escala de barrio sea el elemento básico de organización, gestión y planificación
urbana, acogiendo y promoviendo la transformación social y posibilitando la autonomía dentro de estos espacios, siempre con condiciones de seguridad, calidad y
habitabilidad.
— El barrio debería solucionar las necesidades básicas de uso cotidiano, sin tener que
hacer uso del transporte privado: compra de productos básicos, servicios de proximidad, servicios de salud primaria, etc.
— Los equipamientos estén situados cerca del continuo urbano y generen bienestar
garantizando una oferta pública de calidad y proximidad.
— Se eviten los espacios inseguros que puedan dar lugar a posibles agresiones o situaciones de peligro y discriminación.
Contenido del análisis:
Como se indicaba en el apartado de introducción, el contenido de este informe está
conformado por los análisis específicos de:
— Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
— Dignidad y respeto a la persona.
— Impacto en la infancia, la adolescencia y la familia.
— Accesibilidad.
Marco normativo:
Europeo-Internacional:
— Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 en París.
— Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea, documento que fue proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión
Europea el 7 de diciembre de 2000 en Niza. La versión revisada de la Carta fue
proclamada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo.
— Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede.
Estatal:
— Constitución Española de 1978.
— Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
— Ley Orgánica 372007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
— Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, Condiciones Básicas de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los
espacios públicos urbanizados y edificaciones,
— Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Autonómica: Normativa vigente en materia de legislación urbanística y normativas
sectoriales en los aspectos tratados en el presente documento.
III.03.01. Memoria de Impacto de Igualdad efectivo entre mujeres y hombres
Introducción:
Impulsar la creación de ciudades sostenibles, centradas en las necesidades cotidianas
de las personas y que ofrezcan las mismas oportunidades y beneficios a mujeres y hombres,
ya no es una opción sino una obligación legal. Por ello, el presente Plan Especial de redes
de equipamiento dotacional incluye todos los requisitos de la legislación vigente.
Favorecer la igualdad entre mujeres y hombres a través de las políticas urbanas obliga
a repensar cómo se diseñan y desarrollan las ciudades. Esta forma de concebir las actuaciones urbanísticas desde una perspectiva sensible a la dimensión de igualdad efectiva se
asienta en los siguientes elementos:
— Concebir el urbanismo con una herramienta de intervención pública útil para propiciar la eliminación de los desequilibrios y desigualdades de mujeres y hombres,
fijando objetivos concretos de igualdad a alcanzar, así como estrategias y prácticas necesarias para su conservación.
BOCM-20230922-24
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID