A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230921-1)
Estructura orgánica –  Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejeria de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 225

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023

Pág. 17

3. En materia de asistencia a las víctimas, prevención y erradicación de la violencia
de género:
a) La adopción de medidas dirigidas a prevenir y erradicar cualquier manifestación
de la violencia que se ejerce sobre las mujeres, sus hijos e hijas y otras personas
dependientes de ellas, trabajando coordinadamente con todas las administraciones
públicas implicadas.
b) La adopción de medidas dirigidas a sensibilizar sobre todas las formas de violencia de género, tal y como se recoge en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral
contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, concienciando de la
gravedad de las conductas de las que son víctimas las mujeres e implicando a los
medios de comunicación y a la sociedad madrileña en su conjunto.
c) La adopción de medidas de atención integral a través de la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género y de la Red de Centros
y Servicios para Mujeres víctimas de violencia de género de la Comunidad de
Madrid, con especial atención a aquéllas que se encuentran en situación de mayor
vulnerabilidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la red de Oficinas de
Asistencia a Víctimas de Delito de la Comunidad de Madrid.
d) El impulso de estudios sobre todas las formas de violencia de género que incluirán el
análisis de sus causas y consecuencias en la sociedad y la difusión de sus resultados.
e) La promoción de la formación de los profesionales en materia de prevención, detección precoz y asistencia a las víctimas de violencia de género en todas sus manifestaciones, a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, teniendo en cuenta las situaciones de mayor vulnerabilidad.
f) La gestión y organización del Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección de las mujeres que han sido víctimas de violencia de género, así como la coordinación con los órganos competentes en la materia.
g) La tramitación de los expedientes de títulos habilitantes que acreditan la condición
de víctima de violencia de género y acreditaciones estatales de las situaciones de
trata con fines de explotación sexual, así como aquellas que puedan regularse a
través de la Conferencia Sectorial de Igualdad, así como su registro.
h) El ejercicio de acciones para la personación de la Comunidad de Madrid en los
procedimientos penales iniciados por causas de muerte o lesiones graves originadas por cualquiera de las manifestaciones de la violencia de género.
i) Asistencia y apoyo a la Secretaría del Observatorio Regional de la Violencia de
Género, que ostenta la titular de la Dirección General de Igualdad.
j) La valoración e impulso de las iniciativas surgidas desde diferentes grupos de mujeres, agentes sociales u otras instancias de la sociedad civil en torno a la prevención, sensibilización, formación, atención y erradicación de la violencia contra las
mujeres en todas sus manifestaciones.
k) La elaboración de protocolos, manuales y guías específicas para la detección, asistencia y evaluación de las situaciones de violencia de género en todas sus manifestaciones.
Artículo 10
Estructura de la Dirección General de Igualdad

BOCM-20230921-1

La Dirección General de Igualdad se estructura en las siguientes unidades administrativas con nivel orgánico de subdirección general:
a) Subdirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
b) Subdirección General de Atención Integral a las Víctimas y Prevención de la Violencia de Género.
c) Subdirección General de Igualdad LGTBI.