A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230921-1)
Estructura orgánica –  Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejeria de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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B.O.C.M. Núm. 225

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023

proceda, el seguimiento de la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos, sin
perjuicio de las competencias que sobre la ejecución de cada programa presupuestario tengan los centros gestores de la consejería, la tramitación de los expedientes de gasto de la consejería en el ámbito de las competencias de la Secretaría General Técnica y la coordinación y control de las operaciones de cierre del ejercicio.
b) La confección de la cuenta anual de la consejería, así como la coordinación de las
alegaciones al anteproyecto de fiscalización anual de la Cámara de Cuentas, sin
perjuicio de las competencias que correspondan a la Intervención General.
c) La coordinación, seguimiento y control de los anticipos de caja fija y pagos a justificar y cuentas extrapresupuestarias de la consejería.
d) La tramitación de expedientes de ejecución de sentencias firmes en materias propias de la Secretaría General Técnica y coordinación del resto de expedientes en
materias propias de cada dirección general.
4. En materia de contratación:
La tramitación de los expedientes de contratación de la consejería, sin perjuicio de las
atribuciones que corresponden a las direcciones generales como centros directivos promotores, así como la gestión de cuantas incidencias y reclamaciones guarden relación con dicha tramitación.
5. En materia de régimen interior y organización:
a) La coordinación de la política patrimonial de la consejería, la actualización del inventario y la administración de los bienes afectos a la misma, así como la organización y gestión del régimen interior y asuntos generales.
b) La coordinación y gestión de los registros y servicios de información de la consejería, la coordinación de las actividades que integran la atención al ciudadano y la
gestión del sistema de sugerencias y quejas, sin perjuicio de los registros especializados de otras unidades y de las competencias atribuidas a otros órganos, así
como la formación específica para empleados públicos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Dirección General de Función Pública; la elaboración de estadísticas y la organización y gestión del fondo editorial y documental de la consejería.
c) El estudio y jerarquización de las necesidades en materia de sistemas de información y comunicación de la consejería y la planificación y coordinación de actuaciones para su satisfacción, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
d) La normalización y racionalización de los procedimientos y procesos de trabajo de
la consejería.
e) La coordinación de la inserción de contenidos y divulgación de información de temática competencia de la consejería en la página web de la Comunidad de Madrid
y, en su caso, en los portales web de la consejería.
f) La coordinación y seguimiento de la publicidad, promoción, divulgación y anuncios en otros medios de difusión que realicen los centros directivos de la consejería, así como los organismos y resto de entes públicos adscritos a la misma.
g) La coordinación de las funciones atribuidas a la consejería en materia de transparencia de la actividad pública, así como la supervisión del cumplimiento de las
obligaciones de publicidad activa en los términos previstos en la normativa vigente en materia de transparencia, sin perjuicio de las competencias que le corresponden al órgano competente en materia de transparencia.
6. En materia de gestión de personal:
a) El análisis, valoración y tramitación de las propuestas de racionalización de la estructura orgánica y funcional de la consejería, así como la propuesta de elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria
y sus modificaciones.
b) La planificación, control, gestión y resolución de los asuntos relativos al régimen
de personal dependiente de la consejería.
7. En materia de tratamiento de datos:
a) La coordinación e impulso de la protección de datos personales en todos los centros directivos de la consejería.
b) La gestión, coordinación y dirección de dicho tratamiento de datos personales y la
determinación de los fines y medios técnicos y organizativos necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.

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