C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230914-11)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 5 de septiembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales del sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid para el año 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 219

mientos y/o talleres, contribuyendo de esta forma a la mejora de sus procesos de negocio y,
por tanto, a la mejora de la competitividad de ambos sectores.
Tercero
Bases Reguladoras
Orden de 12 de mayo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales del sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de
mayo de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 121) y modificada por Orden de 20 de junio de 2023 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de julio de 2023.
Cuarto
Gastos subvencionables
1. Se consideran subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las siguientes líneas de actuación:
a) Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales y/o talleres artesanos, considerándose incluidos los almacenes situados en
el mismo local, e incluyendo por su indudable interés ambiental en la reducción
de emisiones, principalmente de CO2, la implantación de medidas de ahorro energético por utilización de energías renovables, introducción de elementos tecnológicos de seguridad y/o eliminación de barreras arquitectónicas.
b) Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario
para el desarrollo de la actividad comercial y/o artesanal. También serán subvencionables los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.
Para el supuesto de PYMES solicitantes dadas de alta en el epígrafe 659.3 del IAE,
correspondiente al comercio minorista de aparatos médicos, ortopédicos, ópticos
y fotográficos será subvencionable la adquisición de aquel equipamiento que, conforme a lo establecido en el artículo 14.3 y 14.3.1 del Decreto 14/2003, de 13 de febrero, por el que se regulan los requisitos para las autorizaciones, régimen de funcionamiento y registro de los establecimientos de óptica en la Comunidad de
Madrid, resulta obligatorio para desarrollar funciones de optometría y para realizar
tareas de adaptación de lentes de contacto, así como la adquisición de tonómetro.
c) Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y artesanal, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la
mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.
Quinto

Para el año 2023 se ha previsto una dotación económica de 1.740.000 euros, de acuerdo con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431A “Comercio”, partida 79000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”.
Esta cuantía podría ser ampliada con una dotación económica adicional máxima
de 500.000,00 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el artículo 70 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogada en virtud del Decreto 137/2022, de 28 de
diciembre, quedando condicionada la efectividad de la ampliación a la existencia de crédito disponible y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que
proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

BOCM-20230914-11

Dotación de la convocatoria