Valdemoro (BOCM-20230901-52)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
antigüedad superior a un año a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria: 0,30 puntos.
Estos certificados serán expedidos por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid o por el Centro Integral de Seguridad y
Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.
c) Titulaciones oficiales reconocidas por el ministerio competente en materia de
Educación, sin que pueda computarse la requerida para participar en el proceso selectivo para acceder a la categoría a la que se promocione, con una puntuación
máxima de 1,60 puntos:
1.o Doctorado: 1,40 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 créditos ECTS o más: 0,60 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,30 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,70 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,50 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la
superior, excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
d) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación
máxima de 0,60 puntos:
1.o Nivel C2: 0,60 puntos.
2.o Nivel C1: 0,45 puntos.
3.o Nivel B2: 0,30 puntos.
4.o Nivel B1: 0,15 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán los niveles superiores al exigido.
La documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes que hayan
superado las pruebas de oposición será la siguiente:
a) Carrera profesional: certificación de servicios prestados en la administración correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo funcionarial, categoría,
denominación y nivel de complemento de destino de los puestos ocupados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión como funcionario
de carrera en las categorías ostentadas.
b) Titulaciones oficiales: títulos expedidos u homologados por el ministerio competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos universitarios
y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada título.
c) Conocimiento de idiomas extranjeros: títulos oficiales que acrediten estar en posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo de Referencia.
d) Cursos de interés policial: diplomas, títulos o certificados expedidos por los organismos convocantes.
La calificación inicial de la fase de concurso vendrá dada por la suma de toda la puntuación obtenida por aplicación del Baremo previsto en las presentes bases.
El órgano competente, a la vista de la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador,
publicará en el tablón de edictos y web municipal, la relación provisional de aspirantes con
el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad en
la forma prevista en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como las puntuaciones parciales en todas y cada una de las fases del concurso, disponiendo la apertura de un plazo
único e improrrogable de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación, a fin de presentar las alegaciones que estimen pertinentes a la relación provisional
de puntuaciones otorgadas.
Una vez finalizado el plazo de alegaciones, el órgano competente dictará resolución
aprobatoria de la calificación definitiva de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, que se publicará igualmente en el tablón de edictos y web municipal.
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BOCM-20230901-52
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
antigüedad superior a un año a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria: 0,30 puntos.
Estos certificados serán expedidos por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid o por el Centro Integral de Seguridad y
Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.
c) Titulaciones oficiales reconocidas por el ministerio competente en materia de
Educación, sin que pueda computarse la requerida para participar en el proceso selectivo para acceder a la categoría a la que se promocione, con una puntuación
máxima de 1,60 puntos:
1.o Doctorado: 1,40 puntos.
2.o Máster oficial de estudios universitarios de 120 créditos ECTS o más: 0,60 puntos.
3.o Máster oficial de estudios universitarios de 60 a 119 créditos ECTS: 0,30 puntos.
4.o Licenciatura o título de grado de, al menos, 300 créditos ECTS: 0,70 puntos.
5.o Grado universitario de 240 créditos ECTS: 0,50 puntos.
6.o Diplomatura o grado universitario de 180 créditos ECTS: 0,30 puntos.
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la
superior, excepto para los títulos de máster, que sumarán de manera complementaria.
d) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación
máxima de 0,60 puntos:
1.o Nivel C2: 0,60 puntos.
2.o Nivel C1: 0,45 puntos.
3.o Nivel B2: 0,30 puntos.
4.o Nivel B1: 0,15 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuarán los niveles superiores al exigido.
La documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes que hayan
superado las pruebas de oposición será la siguiente:
a) Carrera profesional: certificación de servicios prestados en la administración correspondiente, en la que conste la naturaleza del vínculo funcionarial, categoría,
denominación y nivel de complemento de destino de los puestos ocupados, subgrupo de clasificación profesional y fecha de toma de posesión como funcionario
de carrera en las categorías ostentadas.
b) Titulaciones oficiales: títulos expedidos u homologados por el ministerio competente en materia de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado el correspondiente derecho de expedición, indicando, en caso de títulos universitarios
y de postgrado, el número de créditos ECTS obtenidos con cada título.
c) Conocimiento de idiomas extranjeros: títulos oficiales que acrediten estar en posesión de los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo de Referencia.
d) Cursos de interés policial: diplomas, títulos o certificados expedidos por los organismos convocantes.
La calificación inicial de la fase de concurso vendrá dada por la suma de toda la puntuación obtenida por aplicación del Baremo previsto en las presentes bases.
El órgano competente, a la vista de la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador,
publicará en el tablón de edictos y web municipal, la relación provisional de aspirantes con
el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad en
la forma prevista en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como las puntuaciones parciales en todas y cada una de las fases del concurso, disponiendo la apertura de un plazo
único e improrrogable de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación, a fin de presentar las alegaciones que estimen pertinentes a la relación provisional
de puntuaciones otorgadas.
Una vez finalizado el plazo de alegaciones, el órgano competente dictará resolución
aprobatoria de la calificación definitiva de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, que se publicará igualmente en el tablón de edictos y web municipal.
Pág. 227
BOCM-20230901-52
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