Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demodráfico (BOCM-20230829-19)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 205

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE AGOSTO DE 2023

sejería de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Servicio de
Prevención e Impacto Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de Toledo de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo emitió un segundo informe en fecha 28 de marzo de 2022.
Posteriormente, el promotor solicitó, con fecha 19 de abril de 2022, autorización administrativa previa para una nueva modificación de la infraestructura de evacuación.
Las modificaciones principales del proyecto con respecto al anteriormente tramitado son:
— Modificación del trazado de la línea eléctrica que conecta la subestación eléctrica
Camarena 220/30 kV con la subestación Moraleja 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U. y soterramiento de parte de dicha línea.
La nueva modificación del proyecto se tramitó de conformidad con lo previsto en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la referida Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
La petición fue sometida a una nueva información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 6 de mayo de 2022 en el “Boletín Oficial del Estado”, con fecha 6 de mayo de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y con fecha 10 de mayo de 2022 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Cabe destacar las alegaciones de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L.U.;
de Parque FV Hércules, S. L.; de Parque FV Orión, S. L.; de Minerva Power, S. L.; de
Green Capital Power; de Promotores La Fortuna 220 kV; y de Mitra Beta, S. L.U., los cuales indican que se producen interferencias entre las líneas de evacuación del presente proyecto con los proyectos que estas empresas tienen en desarrollo. Se dio traslado al promotor, que responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de ADIF; de AESA; del Ayuntamiento de Serranillos
del Valle; del Canal Isabel II; de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; de I-DE Distribución (Grupo Iberdrola); de Enagás
Transporte, S. A.U; de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha; de Madrileña Red
de Gas, S. A. U.; de Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España (Acuaes);
de Telefónica de España, S. A. U. y de UFD Distribución Electricidad, S. A.. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Palomeque que manifiesta oposición al
proyecto, de manera reiterada, por motivos ambientales y urbanísticos. Se ha dado traslado
al promotor de dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. Respecto a las
consideraciones en materia de medio ambiente son objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte
del promotor para el proyecto.
Se han recibido informes desfavorables de la Demarcación de Carreteras del Estado en
la Comunidad de Madrid y de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, ambos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en los que se muestra reparos con la solución adoptada para la línea eléctrica a 220 kV. Se da traslado al promotor, el cual responde que será en la fase de tramitación de la autorización administrativa
de construcción cuando modifique la línea eléctrica.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Batres; ni del Ayuntamiento de
Carranque; ni del Ayuntamiento de Cedillo del Condado; ni del Ayuntamiento de Chozas
de Canales; ni del Ayuntamiento de El Viso de San Juan; ni del Ayuntamiento de Griñón;
ni del Ayuntamiento de Lominchar; ni del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio; ni de la
Confederación Hidrográfica del Tajo (Gestión de Dominio Público Hidráulico); ni de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid; ni de la Dirección General de
Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid;
ni de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; ni de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; ni de la Dirección

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