C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230828-4)
Regulación concesión subvenciones –  Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 204

— Certificado de la persona que ostenta la representación legal de la entidad beneficiaria donde se especifiquen otros ingresos o ayudas percibidos que hayan contribuido a financiar la actuación incentivada, con indicación de su importe y procedencia, así como el coste total de la actividad subvencionada y la relación de
gastos en los que concurran financiación procedente de varias fuentes. En su caso,
acreditación del reintegro de remanentes no aplicados.
— Acreditación del cumplimiento de las normas de publicidad en materia de subvención exigidas conforme al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como la relativa al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, contenida en el artículo 20 de las presentes normas. A este efecto se aportará material gráfico (fotografías, enlaces web...) que evidencie el cumplimiento de estas normas.
2. En los gastos derivados de proyectos que tengan por objeto la construcción, remodelación, adaptación y reforma en la infraestructura de los centros subvencionados se deberá presentar, además, la siguiente documentación:
a) En caso de obras por importe superior a 40.000 euros, IVA excluido, los tres presupuestos solicitados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, y justificación del elegido.
b) Escritura pública de obra nueva, y certificación de su inscripción en el Registro de
la Propiedad, en su caso.
c) Proyecto de obra visado, en su caso, por el Colegio Profesional correspondiente.
d) Licencia Municipal de obras o, en su caso, certificación de la entidad local que
identifique las obras y acredite que no es necesaria la concesión de dicha licencia.
e) Contrato de ejecución de obra con el contratista.
f) Certificación o certificaciones de obra o facturas detalladas, expedidas por la empresa o contratista individual que haya realizado la obra y supervisadas por el técnico correspondiente, relativas a las obras realizadas en el período al que se refiere la subvención, junto con el documento acreditativo del pago realizado.
g) Modelo de Declaración Trimestral del ingreso del IVA soportado por la entidad
beneficiaria respecto de las facturas o certificaciones de obra imputadas, en los supuestos que proceda.
h) En su caso, certificado final de obra del técnico, visado por el colegio profesional
correspondiente, referido al período de la subvención.
i) Declaración responsable del representante legal de la entidad en la que conste la
recepción de la obra, su conformidad y la inclusión, si la obra ha finalizado, en el
inventario de la entidad.
j) Declaración responsable del representante del beneficiario en que conste que el
equipamiento adquirido ha sido destinado al fin, y en su caso, al centro de servicios sociales, sede o servicio concreto para el que se concedió la subvención, así
como, el compromiso de mantener su destino durante al menos los cinco años siguientes a la fecha de la resolución de concesión.
3. En el caso de inversiones para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico, se presentará, además, la siguiente documentación:
a) En caso de adquisición de equipamiento por importe superior a 15.000 euros, IVA
excluido, los tres presupuestos solicitados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y justificación del elegido.
b) Factura de la empresa suministradora con indicación de las unidades suministradas, precio unitario e importe total de la adquisición realizada y documento acreditativo del pago.
c) Declaración responsable del representante legal de la entidad en la que conste la
recepción de lo adquirido, su conformidad y la inclusión de los bienes en el inventario de la entidad.
d) Declaración responsable del representante del beneficiario en que conste que el
equipamiento adquirido ha sido destinado al fin, y en su caso al centro de servicios sociales, sede o servicio concreto para el que se concedió la subvención, así
como, el compromiso de mantener su destino durante al menos los dos años siguientes a la fecha de la resolución de concesión. En el caso de bienes inscribibles
en un registro público, deberán además realizar la inscripción en el registro público correspondiente haciendo constar en la escritura esta circunstancia, así como el
importe de la subvención concedida.

BOCM-20230828-4

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