Valdeavero (BOCM-20230828-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
5.2. Fase de Oposición:
De acuerdo con lo que regula el Convenio Colectivo y de conformidad con lo que fija
el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración general del Estado el temario determinado en el Anexo I se encuentra
exento de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.
La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, constará de los siguientes ejercicios, que se realizaran en unidad de acto, sucesivamente, en el mismo día:
— Primer ejercicio.—Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test compuesto
por 60 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como
Anexo I de las presentes bases. Este cuestionario estará compuesto por preguntas
con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Las respuestas incorrectas no penalizarán. Se añadirán cinco preguntas de reserva, para el supuesto de que una vez celebrado el examen, el Tribunal decida anular una o varias preguntas generales y establecer, por su orden, las de reserva.
El tiempo para su realización será de 60 minutos.
— Segundo ejercicio.—Consistirá en la resolución, en una sola sesión, de un supuesto práctico a elegir por el aspirante entre dos o más propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del mismo, y relacionados con los contenidos
del temario –parte específica- del Anexo I y las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo.
Durante el desarrollo de esta prueba las personas aspirantes podrán, si así lo acuerda el Tribunal públicamente, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos, siempre que no estén
comentados, no admitiéndose el uso de medios informáticos propios. Podrá exigirse su realización con medios informáticos del Ayuntamiento.
El tiempo máximo para la realización de este segundo ejercicio será de 60 minutos.
En la calificación de este ejercicio se valorará la preparación y correcta aplicación
de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados.
Sexta. Calificación del proceso selectivo
6.1. Calificación de la fase de concurso: La calificación de la fase de concurso se
hará conforme a lo establecido en el baremo del Anexo III, de acuerdo con la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada apartado, pudiendo obtener un máximo de 40 puntos.
6.2. Calificación de la fase de oposición:
— Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes
que no alcancen la puntuación mínima de 15 puntos. Se otorgarán 0,5 puntos por
cada pregunta contestada correctamente. Las preguntas no contestadas o contestadas de manera errónea no se puntuarán.
— Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes
que no alcancen la puntuación mínima de 15 puntos.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en esta fase, quedando eliminadas las personas aspirantes que no hayan
superado cada uno de los dos ejercicios. La puntuación máxima posible será de 60 puntos.
En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el programa de la convocatoria
se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá
el conocimiento de la legislación vigente en el momento de la realización de las pruebas.
6.3. Calificación definitiva:
La calificación definitiva del proceso selectivo estará determinada por la aplicación de
la siguiente fórmula:
Nota Fase de Concurso + Nota Fase de Oposición.
El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva establecerá de mayor a
menor puntuación.
En caso de empate este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la
fase de concurso, después en la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase
BOCM-20230828-46
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
5.2. Fase de Oposición:
De acuerdo con lo que regula el Convenio Colectivo y de conformidad con lo que fija
el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración general del Estado el temario determinado en el Anexo I se encuentra
exento de las pruebas sobre aquellas materias cuyo conocimiento se haya acreditado suficientemente en las de ingreso al Cuerpo o Escala de origen.
La fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, constará de los siguientes ejercicios, que se realizaran en unidad de acto, sucesivamente, en el mismo día:
— Primer ejercicio.—Consistirá en contestar un cuestionario de tipo test compuesto
por 60 preguntas que versarán sobre el contenido del temario que figura como
Anexo I de las presentes bases. Este cuestionario estará compuesto por preguntas
con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Las respuestas incorrectas no penalizarán. Se añadirán cinco preguntas de reserva, para el supuesto de que una vez celebrado el examen, el Tribunal decida anular una o varias preguntas generales y establecer, por su orden, las de reserva.
El tiempo para su realización será de 60 minutos.
— Segundo ejercicio.—Consistirá en la resolución, en una sola sesión, de un supuesto práctico a elegir por el aspirante entre dos o más propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del mismo, y relacionados con los contenidos
del temario –parte específica- del Anexo I y las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo.
Durante el desarrollo de esta prueba las personas aspirantes podrán, si así lo acuerda el Tribunal públicamente, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos, siempre que no estén
comentados, no admitiéndose el uso de medios informáticos propios. Podrá exigirse su realización con medios informáticos del Ayuntamiento.
El tiempo máximo para la realización de este segundo ejercicio será de 60 minutos.
En la calificación de este ejercicio se valorará la preparación y correcta aplicación
de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados.
Sexta. Calificación del proceso selectivo
6.1. Calificación de la fase de concurso: La calificación de la fase de concurso se
hará conforme a lo establecido en el baremo del Anexo III, de acuerdo con la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada apartado, pudiendo obtener un máximo de 40 puntos.
6.2. Calificación de la fase de oposición:
— Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes
que no alcancen la puntuación mínima de 15 puntos. Se otorgarán 0,5 puntos por
cada pregunta contestada correctamente. Las preguntas no contestadas o contestadas de manera errónea no se puntuarán.
— Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes
que no alcancen la puntuación mínima de 15 puntos.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en esta fase, quedando eliminadas las personas aspirantes que no hayan
superado cada uno de los dos ejercicios. La puntuación máxima posible será de 60 puntos.
En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el programa de la convocatoria
se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá
el conocimiento de la legislación vigente en el momento de la realización de las pruebas.
6.3. Calificación definitiva:
La calificación definitiva del proceso selectivo estará determinada por la aplicación de
la siguiente fórmula:
Nota Fase de Concurso + Nota Fase de Oposición.
El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva establecerá de mayor a
menor puntuación.
En caso de empate este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la
fase de concurso, después en la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase
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