Valdeavero (BOCM-20230828-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 105
2. Los requisitos y condiciones de participación requeridos han de poseerse en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
Cuarta. Solicitudes
1. Lugar y forma.—Las instancias se presentarán, según el modelo del Anexo IV, en
el Registro General del Ayuntamiento de Valdeavero, en sede electrónica o en cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Documentación.—Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes
documentos:
— Fotocopia del DNI.
— Certificado de la Administración pública donde conste la plaza y puesto que ocupa,
y la fecha de toma de posesión.
— Título académico exigido en esta convocatoria.
— Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración conforme
al baremo de la fase de concurso, según Anexo III.
3. Plazo.—Las solicitudes, junto con la documentación antes señalada, se presentarán en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que se hará referencia al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se haya publicado
el texto íntegro.
Durante ese plazo los aspirantes podrán efectuar modificaciones en su solicitud, así
como aportar cualquier documentación que consideren oportuna para la valoración de los
méritos en la fase de concurso.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4. El presente proceso selectivo está exento de tasas de examen.
El proceso de selección de los aspirantes constará de dos fases: concurso y oposición.
5.1. Fase de concurso:
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, y su calificación no
se tendrá en cuenta para superar la fase de oposición.
Los méritos puntuables son los especificados en el Anexo III.
La documentación se presentará ordenada y numerada, precedida de un índice. No será
necesario aportar originales o copias cotejadas, sin perjuicio de que podrán ser requeridos
en cualquier momento por el Tribunal u órgano de contratación. En todo caso, concluido el
proceso selectivo, los aspirantes propuestos deberán presentar los originales de los méritos
alegados, para su comprobación y compulsa.
Para acreditar la antigüedad en las Administraciones públicas deberá presentarse certificado de servicios prestados. La antigüedad se valorará por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, y el Real
Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas para su aplicación.
Para acreditar la experiencia específica, deberán presentarse certificados que se refieran a la experiencia adquirida en puestos de trabajo desarrollados por el aspirante, que detallará claramente si estas funciones se desarrollaban con habitualidad en el puesto desempeñado o sólo circunstancialmente, y el ámbito temporal.
La formación se acreditará mediante los títulos, diplomas o certificados correspondientes. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas debidamente
reconocidas.
Las titulaciones oficiales obtenidas en el extranjero deberán contar con la acreditación
de su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente. En el caso de curso de formación en el extranjero, el título o certificado de asistencia deberán ir acompañado de su traducción oficial al español.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente.
BOCM-20230828-46
Quinta. Sistema de selección
B.O.C.M. Núm. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 105
2. Los requisitos y condiciones de participación requeridos han de poseerse en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la resolución del procedimiento.
Cuarta. Solicitudes
1. Lugar y forma.—Las instancias se presentarán, según el modelo del Anexo IV, en
el Registro General del Ayuntamiento de Valdeavero, en sede electrónica o en cualquiera
de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Documentación.—Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes
documentos:
— Fotocopia del DNI.
— Certificado de la Administración pública donde conste la plaza y puesto que ocupa,
y la fecha de toma de posesión.
— Título académico exigido en esta convocatoria.
— Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración conforme
al baremo de la fase de concurso, según Anexo III.
3. Plazo.—Las solicitudes, junto con la documentación antes señalada, se presentarán en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del
extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que se hará referencia al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se haya publicado
el texto íntegro.
Durante ese plazo los aspirantes podrán efectuar modificaciones en su solicitud, así
como aportar cualquier documentación que consideren oportuna para la valoración de los
méritos en la fase de concurso.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4. El presente proceso selectivo está exento de tasas de examen.
El proceso de selección de los aspirantes constará de dos fases: concurso y oposición.
5.1. Fase de concurso:
Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, y su calificación no
se tendrá en cuenta para superar la fase de oposición.
Los méritos puntuables son los especificados en el Anexo III.
La documentación se presentará ordenada y numerada, precedida de un índice. No será
necesario aportar originales o copias cotejadas, sin perjuicio de que podrán ser requeridos
en cualquier momento por el Tribunal u órgano de contratación. En todo caso, concluido el
proceso selectivo, los aspirantes propuestos deberán presentar los originales de los méritos
alegados, para su comprobación y compulsa.
Para acreditar la antigüedad en las Administraciones públicas deberá presentarse certificado de servicios prestados. La antigüedad se valorará por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de
diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, y el Real
Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas para su aplicación.
Para acreditar la experiencia específica, deberán presentarse certificados que se refieran a la experiencia adquirida en puestos de trabajo desarrollados por el aspirante, que detallará claramente si estas funciones se desarrollaban con habitualidad en el puesto desempeñado o sólo circunstancialmente, y el ámbito temporal.
La formación se acreditará mediante los títulos, diplomas o certificados correspondientes. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas debidamente
reconocidas.
Las titulaciones oficiales obtenidas en el extranjero deberán contar con la acreditación
de su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente. En el caso de curso de formación en el extranjero, el título o certificado de asistencia deberán ir acompañado de su traducción oficial al español.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente.
BOCM-20230828-46
Quinta. Sistema de selección