C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230826-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Parque de Atracciones Madrid, S. A. (código número 28003052011982)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE AGOSTO DE 2023

Pág. 65

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OPERADOR/A DE ATRACCIONES. Persona trabajadora encargada del cuidado del funcionamiento, limpieza y conservación de las distintas atracciones, además de controlar el
acceso y vigilancia de la instalación y velar por la seguridad del público, realizando las operaciones de apertura, prueba, puesta a punto y cierre de la instalación.

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AYUDANTE DE ATRACCIONES. Operador/a de atracciones con más de tres años cotizados en la Empresa según informe de vida laboral de la Seguridad Social.

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DEPENDIENTE/A 1ª COMERCIO. Persona trabajadora encargada de realizar las ventas,
con conocimientos prácticos de los artículos cuyo despacho le está confiado en forma que
pueda orientar al público en sus compras. Colaborará en la elaboración de los inventarios,
ayudará a preparar los pedidos y en la reposición y almacenaje de la mercancía, así como
en la limpieza del local donde preste sus servicios.

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DEPENDIENTE/A 2ª COMERCIO. Persona trabajadora que, habiendo realizado el aprendizaje para ello, auxilia a los dependientes/as de 1ª en sus funciones propias, facilitándoles la
labor. Puede realizar operaciones de venta y tiene más de dos años cotizados en la Empresa según informe de vida laboral de la Seguridad Social.

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PORTERO/A. Persona trabajadora que, de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus superiores/as, cuida el control de las entradas o permisos para acceder al recinto del Parque y
servicios, coadyuvando al orden y la vigilancia de la zona inmediata a su puesto de trabajo.
Asimismo, deberá realizar cualesquiera otras funciones subalternas que se le ordenen.

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OFICIAL 1ª PASATIEMPOS Y MERCHANDISING. Persona trabajadora que habiendo demostrado en una prueba teórica, convocada para tal fin, amplios conocimientos relativos al
100% de los pasatiempos del Parque y conocimientos amplios sobre el funcionamiento de
las tiendas y el merchandising del Parque, se encarga del cuidado, del funcionamiento, limpieza y conservación de los distintos pasatiempos, además de atender al cobro y vigilancia
de la instalación, coadyuvando al orden y vigilancia de la zona inmediata a su puesto de
trabajo, realizando las operaciones de apertura, prueba, puesta a punto y cierre de la atracción. Se encargará, de realizar las ventas, con conocimientos prácticos de los artículos cuyo
despacho le está confiado en forma que pueda orientar al público en sus compras. Colaborará en la elaboración de los inventarios, ayudará a preparar los pedidos y en la reposición
y almacenaje de la mercancía, así como en la limpieza del local dónde preste sus servicios.
Facilitará, cuando así lo indiquen sus superiores/as, los conocimientos básicos sobre los
pasatiempos, tiendas y merchandising a los operadores de pasatiempos y a los dependientes de comercio.

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OFICIAL 2ª PASATIEMPOS Y MERCHANDISING. Persona trabajadora que habiendo demostrado en una prueba teórica, convocada para tal fin, amplios conocimientos relativos al
50% de los pasatiempos del Parque o conocimientos amplios sobre el funcionamiento de
las tiendas del Parque, se encarga del cuidado del funcionamiento, limpieza y conservación
de las distintas atracciones, además de atender al cobro y vigilancia de la instalación, coadyuvando al orden y vigilancia de la zona inmediata a su puesto de trabajo, realizando las
operaciones de apertura, prueba, puesta a punto y cierre de la atracción. Estará capacitada
para poder encargarse, si así lo indica sus superiores, de realizar las ventas, con conocimientos prácticos de los artículos cuyo despacho le está confiado en forma que pueda
orientar al público en sus compras. Colaborará en la elaboración de los inventarios, ayudará
a preparar los pedidos y en la reposición y almacenaje de la mercancía, así como en la limpieza del local dónde preste sus servicios. Será el encargado/a de realizar las fotografías a
los visitantes que acuden al Parque. Facilitará, cuando así lo indiquen sus superiores, los
conocimientos básicos sobre los pasatiempos y las tiendas ubicadas en las zonas de su
competencia, a los operadores de pasatiempos y a los dependientes de comercio.

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OPERADOR/A PASATIEMPOS. Persona trabajadora encargada del cuidado del funcionamiento, limpieza y conservación de los distintos pasatiempos, además de atender al cobro y
vigilancia de la instalación, coadyuvando al orden y la vigilancia de la zona inmediata a su
puesto de trabajo, realizando las operaciones de apertura, prueba, puesta a punto y cierre
de la instalación.

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AYUDANTE DE PASATIEMPOS. Operador/a de pasatiempos con más de tres años cotizados en la Empresa según informe de vida laboral de la Seguridad Social.

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AUXILIAR. Persona trabajadora del Grupo Profesional Operaciones con menos de dos
años cotizados en la Empresa según informe de vida laboral de la Seguridad Social, y según está registrado en el artículo 57.B del presente Convenio

BOCM-20230826-3

apertura, prueba, puesta a punto y cierre de la atracción. Facilitará, cuando así lo indiquen
sus superiores/as, los conocimientos básicos sobre las atracciones ubicadas en las zonas
de su competencia, a los operarios de las atracciones.