Venturada (BOCM-20230825-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 147
7. Acreditación de los méritos
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de dicha fase, para presentar los méritos a valorar en la fase de concurso.
Los méritos se acreditarán por los siguientes medios:
Superación procesos selectivos:
— Mediante certificado de la Administración o publicación de los resultados.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente el cuerpo en el que se ha
superado el ejercicio.
Experiencia profesional:
— Mediante toma de posesión donde conste el cuerpo y vida laboral donde conste el
período de tiempo trabajado.
— Mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios
donde conste el período y el cuerpo.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente cuerpo y el período de
trabajo.
Formación específica:
— Mediante título donde conste la denominación del curso y las horas del mismo.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente denominación y horas.
Una vez valorados los méritos por el Tribunal se publicará la calificación total de las
pruebas en la sede electrónica del Ayuntamiento, abriéndose un plazo de diez días naturales para que los opositores puedan presentar alegaciones.
9. Admisión de aspirantes
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión y concediendo un plazo de diez días
hábiles para la subsanación de defectos y presentación de reclamaciones, dicha resolución
se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del
Ayuntamiento. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio de selección y se determinará la composición del tribunal.
Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer
el recurso potestativo de reposición previsto en los artículos 123 y 124 LPACAP, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del interesado.
10. Desarrollo de las pruebas
Concluida la primera prueba, el ritmo de celebración de las sucesivas se decidirá por
el Tribunal, que con carácter general deberá observar un intervalo mínimo de dos días y
BOCM-20230825-59
8. Solicitudes
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar
debidamente cumplimentadas (Anexo II). Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y
cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las presentes bases, referidas al día en
que concluya el plazo de presentación de instancias, y se dirigirán a la Alcaldía de este
Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento:
— Dirección https://venturada.sedelectronica.es/info.0
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 147
7. Acreditación de los méritos
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de dicha fase, para presentar los méritos a valorar en la fase de concurso.
Los méritos se acreditarán por los siguientes medios:
Superación procesos selectivos:
— Mediante certificado de la Administración o publicación de los resultados.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente el cuerpo en el que se ha
superado el ejercicio.
Experiencia profesional:
— Mediante toma de posesión donde conste el cuerpo y vida laboral donde conste el
período de tiempo trabajado.
— Mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios
donde conste el período y el cuerpo.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente cuerpo y el período de
trabajo.
Formación específica:
— Mediante título donde conste la denominación del curso y las horas del mismo.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente denominación y horas.
Una vez valorados los méritos por el Tribunal se publicará la calificación total de las
pruebas en la sede electrónica del Ayuntamiento, abriéndose un plazo de diez días naturales para que los opositores puedan presentar alegaciones.
9. Admisión de aspirantes
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión y concediendo un plazo de diez días
hábiles para la subsanación de defectos y presentación de reclamaciones, dicha resolución
se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del
Ayuntamiento. En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio de selección y se determinará la composición del tribunal.
Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer
el recurso potestativo de reposición previsto en los artículos 123 y 124 LPACAP, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición
del interesado.
10. Desarrollo de las pruebas
Concluida la primera prueba, el ritmo de celebración de las sucesivas se decidirá por
el Tribunal, que con carácter general deberá observar un intervalo mínimo de dos días y
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8. Solicitudes
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo deberán estar
debidamente cumplimentadas (Anexo II). Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y
cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las presentes bases, referidas al día en
que concluya el plazo de presentación de instancias, y se dirigirán a la Alcaldía de este
Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que
determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento:
— Dirección https://venturada.sedelectronica.es/info.0