Venturada (BOCM-20230825-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 137
5.1. Fase de oposición.
La fase de oposición, que será previa a la fase de concurso constará de los siguientes
ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test de cincuenta
preguntas con cuatro alternativas cada una de ellas, de la que solo una será correcta, en un
período máximo de una hora, del temario recogido en el Anexo 1.
Segundo ejercicio: constará de dos partes diferenciadas que se realizarán en el mismo día.
— Parte uno: consistirá en contestar por escrito, en un período máximo de una hora,
cuatro preguntas cortas de carácter general determinadas por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionada con la materia recogida en
el Anexo 1 del programa de esta convocatoria. Se valorará en este ejercicio la
comprensión de los conocimientos, la capacidad y formación general, la claridad
de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita.
— Parte dos: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en un período máximo de una hora, determinados por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse
el ejercicio y que estará relacionado con las materias recogidas en el anexo 1 del
programa de esta convocatoria, pudiéndose consultar textos legales. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
5.2. Fase de concurso.
La fase de concurso, que será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición y se
puntuará de la siguiente forma:
5.2.1. Superación procesos selectivos: por cada ejercicio de oposición superado para
cubrir un puesto de Agente de empleo y desarrollo local o técnico, 0,5 puntos.
La puntuación máxima por este mérito será de dos puntos.
5.2.2. Experiencia profesional: por cada mes de servicios prestados en un puesto de
Agente de empleo y desarrollo local o técnico, 0,04 puntos.
La puntuación máxima por experiencia profesional será de un punto.
6. Calificación de los ejercicios
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1 punto. Cada pregunta del test contestada correctamente puntuará con 0,04 puntos, la no
contestada no puntuará y la contestada erróneamente restará a la puntuación total 0,01 puntos.
Segundo ejercicio:
— Parte uno: se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1 puntos.
— Parte dos: se calificará de 0 a 3 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1.5 puntos.
La calificación de este segundo ejercicio se obtendrá sumando las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal y dividiendo el total entre el número de asistentes del
Tribunal.
La calificación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso con las obtenidas en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición.
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de dicha fase, para presentar los méritos a valorar en la fase de concurso.
Los méritos se acreditarán por los siguientes medios:
Superación procesos selectivos:
— Mediante certificado de la Administración o publicación de los resultados.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente el cuerpo en el que se ha
superado el ejercicio.
BOCM-20230825-59
7. Acreditación de los méritos
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 137
5.1. Fase de oposición.
La fase de oposición, que será previa a la fase de concurso constará de los siguientes
ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test de cincuenta
preguntas con cuatro alternativas cada una de ellas, de la que solo una será correcta, en un
período máximo de una hora, del temario recogido en el Anexo 1.
Segundo ejercicio: constará de dos partes diferenciadas que se realizarán en el mismo día.
— Parte uno: consistirá en contestar por escrito, en un período máximo de una hora,
cuatro preguntas cortas de carácter general determinadas por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionada con la materia recogida en
el Anexo 1 del programa de esta convocatoria. Se valorará en este ejercicio la
comprensión de los conocimientos, la capacidad y formación general, la claridad
de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita.
— Parte dos: consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en un período máximo de una hora, determinados por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse
el ejercicio y que estará relacionado con las materias recogidas en el anexo 1 del
programa de esta convocatoria, pudiéndose consultar textos legales. En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
5.2. Fase de concurso.
La fase de concurso, que será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición y se
puntuará de la siguiente forma:
5.2.1. Superación procesos selectivos: por cada ejercicio de oposición superado para
cubrir un puesto de Agente de empleo y desarrollo local o técnico, 0,5 puntos.
La puntuación máxima por este mérito será de dos puntos.
5.2.2. Experiencia profesional: por cada mes de servicios prestados en un puesto de
Agente de empleo y desarrollo local o técnico, 0,04 puntos.
La puntuación máxima por experiencia profesional será de un punto.
6. Calificación de los ejercicios
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1 punto. Cada pregunta del test contestada correctamente puntuará con 0,04 puntos, la no
contestada no puntuará y la contestada erróneamente restará a la puntuación total 0,01 puntos.
Segundo ejercicio:
— Parte uno: se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1 puntos.
— Parte dos: se calificará de 0 a 3 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo
de 1.5 puntos.
La calificación de este segundo ejercicio se obtendrá sumando las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal y dividiendo el total entre el número de asistentes del
Tribunal.
La calificación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso con las obtenidas en cada uno de los ejercicios de la
fase de oposición.
Los aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días
naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de dicha fase, para presentar los méritos a valorar en la fase de concurso.
Los méritos se acreditarán por los siguientes medios:
Superación procesos selectivos:
— Mediante certificado de la Administración o publicación de los resultados.
No se valorará ningún documento que no exprese claramente el cuerpo en el que se ha
superado el ejercicio.
BOCM-20230825-59
7. Acreditación de los méritos