C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230801-18)
Carta de servicios –  Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 181

Esta Orden se adecua a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.
En concreto, la Orden cumple con los principios de necesidad y eficacia, dado que obedece
a la exigencia del desarrollo reglamentario de la mencionada Ley 12/2022, de 21 de diciembre,
en los términos que la misma establece. Además, la elaboración y aprobación de la Cartera de
Servicios Sociales resulta imprescindible para el adecuado funcionamiento del Sistema Público
de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, ya que define el contenido y alcance de sus
prestaciones sociales y los procedimientos de actualización y evaluación de resultados. La Orden
responde a una necesidad de interés general y lo hace mediante el cauce normativo previsto.
Del mismo modo, su adopción responde al principio de proporcionalidad: contiene la
regulación imprescindible para definir con precisión su contenido y delimitar el ejercicio
del derecho subjetivo de acceso a las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales. Para ello, contiene una exposición ordenada y clara de las prestaciones económicas y
de servicio, con indicación de su condición garantizada o condicionada.
Se cumple, igualmente, con el principio de seguridad jurídica, puesto que define un
marco normativo que regula el contenido y alcance de las prestaciones sociales, así como
los requisitos de acceso y los procedimientos de actualización y evaluación de resultados,
y delimita las responsabilidades de su gestión, con el fin de proporcionar una referencia fiable de la protección social que representa el Sistema Público de Servicios Sociales para todos los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.
La propuesta normativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional
y de la Unión Europea en materia de servicios sociales. Por tanto, se trata una iniciativa que
contribuye a configurar un marco normativo estable, integrado y claro, que facilite su conocimiento y comprensión a los ciudadanos, así como la actuación de los profesionales.
Respecto del principio de transparencia, la norma se ha sometido a los trámites de
audiencia e información pública contemplados en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, y el artículo 9 del Decreto 52/2021,
de 24 de marzo. Asimismo, se ha informado al Consejo de Diálogo Social y a la Mesa de
Diálogo Civil de la Comunidad de Madrid con el Tercer Sector de la Acción Social.
Por último, la norma atiende al principio de eficiencia, al reunir y delimitar en un solo
documento el tipo y las condiciones de prestación de los servicios y ayudas en el marco del
Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Por tanto, lejos de imponer cargas administrativas, facilita el acceso a la información de las prestaciones a ciudadanos y profesionales, sin que ello suponga obligación alguna para las personas usuarias.
Para la elaboración de esta Orden se ha solicitado informe de la Abogacía General de
la Comunidad de Madrid.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid es
competente para dictar la presente orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, el artículo 8 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, que modifica la denominación y la estructura de la consejería a la que se refiere el
Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el artículo 25.2
de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales, de acuerdo
con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid,
DISPONE
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
Objeto
La Orden tiene por objeto la aprobación de la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, así como la determinación de sus procedimientos de actualización y
evaluación de resultados.

BOCM-20230801-18

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