C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230801-18)
Carta de servicios –  Orden 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

Pág. 83

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
ORDEN 2372/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de la
Comunidad de Madrid.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, en su artículo 26, le atribuye la competencia exclusiva en materia de materias de asuntos sociales, en concreto, la “Promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la
creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación (26.1.23), la “Protección y
tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud” (26.1.24)
y la “Promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su participación libre y
eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural” (26.1.25), con el objetivo de
promocionar la convivencia, la protección, la inserción social, la igualdad de oportunidades y calidad de vida de personas, familias y grupos.
De acuerdo con este precepto, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, configura el marco jurídico de los servicios sociales en la
Comunidad de Madrid, promoviendo el ejercicio de los derechos subjetivos en esta materia mediante la acción del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de
Madrid y garantizando su eficacia en condiciones de igualdad.
A tal efecto, la citada Ley 12/2022, de 21 de diciembre, define, en su artículo 25.1, el
Catálogo de Prestaciones de Servicios Sociales como el instrumento mediante el que se determina el conjunto de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, delimitando el marco de estas y asegurando estándares comunes de realización y garantía de homogeneidad para todos los usuarios. Su apartado 2 señala que “la
Cartera de Servicios es un instrumento vinculado al Catálogo de Prestaciones por el que se
regula el contenido y alcance de las prestaciones establecidas en este”.
En sus artículos 25 a 29, la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, establece los fundamentos de esta norma que contempla, junto con otros aspectos, el objeto, contenido y alcance
del Catálogo de Prestaciones y su regulación a través de la Cartera de Servicios Sociales de
la Comunidad de Madrid.
En su artículo 25.2 dispone que la consejería competente en materia de servicios sociales, mediante orden de su titular, aprobará la Cartera de Servicios Sociales. Del mismo
modo, el artículo 28 le atribuye la competencia para la evaluación y actualización de la Cartera de Servicios Sociales, también contempladas en la Orden.
A esta Consejería se le atribuye la responsabilidad de velar por la coherencia entre la
Cartera de Servicios Sociales, el Catálogo y el resto de instrumentos y dispositivos en los
que se sustenta la atención que proporciona el Sistema Público de Servicios Sociales, y por
su actualización permanente.
En este sentido, la Cartera deberá revisarse de manera periódica para recoger la creación, modificación de las prestaciones o las variaciones en su composición, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 28 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, con el fin de asegurar
su adecuación a las necesidades de la población madrileña.
La Cartera de Servicios Sociales constituye una herramienta de importancia capital para
la información y la seguridad de la población madrileña en general, como usuaria potencial
de los servicios sociales, y para quienes son ya usuarios del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Y no menos importante resulta para los profesionales de
dicho sistema, que podrán acceder al conjunto de las prestaciones de manera sencilla y ágil,
puesto que, además, la Cartera de Servicios Sociales se integra en el entorno digital de la Historia Social Única y se constituye como uno de sus principales instrumentos.
Con estos fines, la Cartera de Servicios Sociales incluirá, como anexos a la misma, los
catálogos locales de prestaciones sociales y podrá incorporar, asimismo, las prestaciones de
índole social ofrecidas por diferentes sistemas de protección de la Comunidad de Madrid.

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