C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230731-16)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023

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B.O.C.M. Núm. 180

Cuando la actividad subcontratada con terceros exceda del 20 por 100 del importe
de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación
estará sometida a la obligación de que el contrato se celebre por escrito y que la
celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la
subvención, aportando:
1.o Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad que
vaya a subcontratar la actividad, con indicación de: las causas que imposibilitan la realización de dicha actividad de forma directa, así como la necesidad
e idoneidad de la subcontratación por la especialización de la entidad con la
que se va a contratar la realización de las actividades, autorizando la celebración del contrato e indicando la fecha, duración, actividades contratadas, así
como su importe.
2.o En la misma declaración responsable firmada por el representante legal de la
entidad contratante deberá declarar que la entidad contratista se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cumple
con lo establecido en los artículos 13 en cuanto a que cumple con los requisitos para obtener la condición de beneficiario y que no incumple los límites fijados en el artículo 29-7.o apartados b) c) d) y e) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre y artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, ya que la
entidad beneficiaria de la subvención es quien asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Administración.
Comunicar cualquier modificación o eventualidad que afecte al contenido del proyecto subvencionado.
Declarar las ayudas que hayan solicitado u obtenido, tanto en el momento de
formular la solicitud como en cualquier otro momento del procedimiento en que
ello se produzca.
Reinvertir en el proyecto subvencionado los posibles ingresos que genere la subvención u otros rendimientos financieros que se devenguen por los fondos librados.
Especificar en las memorias, publicaciones, anuncios, cualquier documentación u
otros medios de difusión online, oral o escrita, así como en bienes, equipos y útiles que se realicen y/o utilicen respecto a los proyectos subvencionados, que éstos
cuentan con la subvención de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, lo que se hará de acuerdo con las instrucciones que se publicarán al efecto en
el portal de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid.
Respecto a los proyectos con cargo a los fondos del Plan Corresponsables, todas
las actuaciones deberán identificarse con la imagen gráfica del Plan Corresponsables, así como los logotipos institucionales del Ministerio de Igualdad y de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género. Toda la documentación necesaria para la realización de estos proyectos financiados con cargo al
Plan Corresponsables, en la señalización exterior de los lugares donde se ejecuten
los proyectos y, en todo caso, en las actividades de difusión que el destinatario de
los fondos pueda desarrollar en relación con los mismos, deberá constar expresamente que se han financiado con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de
Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, en el
marco del Plan Corresponsables, junto con el logotipo institucional de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, de
acuerdo con las instrucciones que se publicarán al efecto en el portal de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid
Presentar para aprobación de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales previamente a la publicación definitiva, cualquier material impreso, documentación física o virtual, material divulgativo y cualquier otro vinculado al contenido del proyecto subvencionado, sin que en ningún caso puedan ser publicados sin
dicha aprobación.
Conservar los documentos originales durante un plazo de cuatro años desde la finalización del plazo de justificación de la subvención y facilitar cuanta documentación sea precisa para proporcionar una pista de auditoría adecuada con relación
al proyecto subvencionado.
Aceptar ser incluidas en cualquier tipo de publicación que sobre el resultado y desarrollo de la correspondiente convocatoria pudiera formularse.
Se podrá establecer una aportación por parte de las personas participantes en los proyectos, hasta un porcentaje sobre el precio del servicio, que no podrá ser nunca su-

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