C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230731-16)
Convocatoria subvenciones – Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
Pág. 111
b) Declaración responsable del representante legal de la entidad exponiendo las razones excepcionales por las que el proyecto no puede realizarse con personal vinculado por contrato laboral.
c) Factura justificativa y acreditación del pago efectivamente realizado.
d) Modelos de retenciones del IRPF (impresos 111 y 190), en su caso, y copia del alta
en el Impuesto de Actividades Económicas.
e) Declaración responsable del representante legal de la entidad manifestando la
conformidad de la entidad con la realización del servicio.
f) En su caso, los tres presupuestos solicitados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
justificación del elegido.
Cuadragésimo segundo
Los gastos de mantenimiento y actividades se justificarán con la siguiente documentación:
a) Los gastos de arrendamiento de inmuebles urbanos se justificarán con el contrato,
los documentos acreditativos del gasto y del pago y los justificantes de ingresos
de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con rendimientos procedentes de arrendamiento o, en su caso, el
Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de exoneración de
retención a los arrendamientos en el año de ejecución del proyecto.
b) Los gastos de reparación y conservación de los elementos del inmovilizado se justificarán con el presupuesto desglosado de las reparaciones y la factura acreditativa del gasto y justificante del pago efectivamente realizado.
c) Los gastos de obras para adaptación de viviendas de los beneficiarios de la subvención se justificarán mediante:
1.o La Licencia Municipal de Obras, sólo en el caso de que dichas obras afecten a
la estructura del inmueble.
2.o Certificado del Registro de la Propiedad que acredite que el inmueble pertenece al beneficiario.
3.o Contrato correspondiente tal y como se establece en el dispongo séptimo punto 1 letra e) de esta orden con autorización del propietario.
d) Los gastos por trabajos realizados por empresas cuya contratación resulte necesaria para la ejecución del proyecto se justificarán mediante la siguiente documentación:
1.o Declaración responsable del representante legal de la entidad exponiendo las
razones por las que es necesario celebrar el contrato.
2.o En su caso, los tres presupuestos solicitados de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y justificación del elegido.
3.o Las facturas y documentos acreditativos del pago.
4.o Documento acreditativo de la especialización de la entidad con la que se contrate para realizar las correspondientes actividades.
5.o Certificación acreditativa de que dicha entidad se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
6.o Declaración responsable del representante legal de la entidad con la que se
contrata, de que no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones para
obtener la condición de beneficiaria de subvenciones establecidas en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Los gastos ocasionados al personal voluntario se justificarán mediante recibos firmados por el/la voluntario/a y facturas acreditativas del gasto realizado y documento acreditativo del pago realizado.
f) Los gastos en seguros tanto de responsabilidad civil como el relativo a personal
voluntario, se justificarán mediante certificado emitido por la aseguradora que especificará, entre otras cosas, el tipo de seguro y la relación nominal y/o numeral
del personal asegurado durante el período de ejecución del proyecto.
g) Los gastos de materiales diversos vinculados a la naturaleza del proyecto: productos alimentarios, farmacéuticos, material de juegos, transporte, etc., que se podrán
BOCM-20230731-16
Justificación de los gastos de mantenimiento y actividades
B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
Pág. 111
b) Declaración responsable del representante legal de la entidad exponiendo las razones excepcionales por las que el proyecto no puede realizarse con personal vinculado por contrato laboral.
c) Factura justificativa y acreditación del pago efectivamente realizado.
d) Modelos de retenciones del IRPF (impresos 111 y 190), en su caso, y copia del alta
en el Impuesto de Actividades Económicas.
e) Declaración responsable del representante legal de la entidad manifestando la
conformidad de la entidad con la realización del servicio.
f) En su caso, los tres presupuestos solicitados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y
justificación del elegido.
Cuadragésimo segundo
Los gastos de mantenimiento y actividades se justificarán con la siguiente documentación:
a) Los gastos de arrendamiento de inmuebles urbanos se justificarán con el contrato,
los documentos acreditativos del gasto y del pago y los justificantes de ingresos
de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con rendimientos procedentes de arrendamiento o, en su caso, el
Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de exoneración de
retención a los arrendamientos en el año de ejecución del proyecto.
b) Los gastos de reparación y conservación de los elementos del inmovilizado se justificarán con el presupuesto desglosado de las reparaciones y la factura acreditativa del gasto y justificante del pago efectivamente realizado.
c) Los gastos de obras para adaptación de viviendas de los beneficiarios de la subvención se justificarán mediante:
1.o La Licencia Municipal de Obras, sólo en el caso de que dichas obras afecten a
la estructura del inmueble.
2.o Certificado del Registro de la Propiedad que acredite que el inmueble pertenece al beneficiario.
3.o Contrato correspondiente tal y como se establece en el dispongo séptimo punto 1 letra e) de esta orden con autorización del propietario.
d) Los gastos por trabajos realizados por empresas cuya contratación resulte necesaria para la ejecución del proyecto se justificarán mediante la siguiente documentación:
1.o Declaración responsable del representante legal de la entidad exponiendo las
razones por las que es necesario celebrar el contrato.
2.o En su caso, los tres presupuestos solicitados de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y justificación del elegido.
3.o Las facturas y documentos acreditativos del pago.
4.o Documento acreditativo de la especialización de la entidad con la que se contrate para realizar las correspondientes actividades.
5.o Certificación acreditativa de que dicha entidad se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
6.o Declaración responsable del representante legal de la entidad con la que se
contrata, de que no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones para
obtener la condición de beneficiaria de subvenciones establecidas en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
e) Los gastos ocasionados al personal voluntario se justificarán mediante recibos firmados por el/la voluntario/a y facturas acreditativas del gasto realizado y documento acreditativo del pago realizado.
f) Los gastos en seguros tanto de responsabilidad civil como el relativo a personal
voluntario, se justificarán mediante certificado emitido por la aseguradora que especificará, entre otras cosas, el tipo de seguro y la relación nominal y/o numeral
del personal asegurado durante el período de ejecución del proyecto.
g) Los gastos de materiales diversos vinculados a la naturaleza del proyecto: productos alimentarios, farmacéuticos, material de juegos, transporte, etc., que se podrán
BOCM-20230731-16
Justificación de los gastos de mantenimiento y actividades