C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230731-16)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 180

f) Memoria de la entidad de acuerdo con el anexo 4 a) o en el anexo 4 b).
g) Memoria del proyecto, de acuerdo con el anexo 5.
En la memoria del proyecto, las entidades deben hacer constar el coste total del
proyecto, además de especificar la previsión de gastos, diferenciando los tres tipos de gastos: gastos corrientes, gastos de gestión y administración y gastos de inversión, determinando cuáles se pretenden cubrir con cargo a la subvención solicitada y cuáles a otras vías de financiación, bien sea propia o de otras entidades
públicas o privadas, según el anexo 5.
h) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante y de las
entidades ejecutantes del programa, como responsable de los tratamientos de datos personales que necesite implementar para ejecución de la actividad subvencionada, de que cumple con las medidas técnicas, jurídicas y organizativas apropiadas que garanticen el cumplimiento del régimen de protección de datos personales
vigente, entre otras, el mantenimiento del registro de actividades de tratamiento
exigido por el artículo 30 del Reglamento General de Protección de Datos. Esta
declaración se realizará según el anexo 6.
En el supuesto de que la entidad no venga obligada legalmente a publicar por medios electrónicos dicho registro de actividades de tratamiento, deberá acreditarlo
cuando así le sea requerido por la Administración convocante.
i) En caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con niñas y niños menores de edad, declaración responsable, tanto
de la entidad solicitante como de la ejecutante, de que dicho personal, incluido el
voluntario, no ha sido condenado por sentencia firme por la comisión de algún delito contra la libertad o indemnidad sexual, según el anexo 3.
j) En su caso, declaración responsable de la entidad solicitante y ejecutante, sobre la
realización de proyectos de la entidad a los que se refieren los dispongos vigésimo noveno f) o trigésimo f) de esta orden, según el anexo 5.
k) En su caso, certificados vigentes, emitidos por entidades acreditadas, de que la entidad ha superado el correspondiente proceso de certificación de gestión de calidad,
de responsabilidad social empresarial, o de empresa familiarmente responsable, y/o
de accesibilidad, a los que se refiere el dispongo vigésimo octavo e) de esta orden.
l) En el caso de los proyectos que impliquen obras, a los que se refiere el dispongo
séptimo letra e) de esta orden, contrato de alquiler o de cesión del centro y autorización del propietario para la realización de las obras.
m) Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante respecto
del límite máximo de solicitudes que presenta y opción elegida para la presentación de solicitudes tal y como se recoge en el dispongo anterior, según el anexo 2.
n) En su caso documento que acredite la financiación obtenida de fondos europeos
para el proyecto para el que solicita subvención que se presentará como cofinanciación del proyecto.
ñ) Cuando se trate de agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica se aportará
documento de constitución de la agrupación.
2. Solo en caso de que conste en el expediente oposición expresa a la consulta de datos a través de los sistemas de intercambio de información entre las Administraciones Públicas, se deberá aportar, además, la documentación a cuya consulta se opone:
a) DNI/NIE del representante legal.
b) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social expedido dentro de
los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
c) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
Respecto a los datos tributarios, si no se autoriza expresamente la consulta a la Comunidad de Madrid, se deberá aportar el certificado de estar al corriente de pago la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, expedido dentro de los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
3. En caso de que la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o de que
existan dudas derivadas de la calidad de la copia de alguno de los documentos previstos en
este dispongo el órgano instructor solicitará, de manera motivada, el cotejo de la copia, para
lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en las bases reguladoras y la convocatoria, así como en la demás legislación aplicable, se requerirá al interesado para que,
en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa

BOCM-20230731-16

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