Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 172
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 215
dos de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio, así como la emisión
y amortización de empréstitos.
c) Gestionar el endeudamiento municipal, así como las operaciones de cobertura y
gestión de riesgos, manteniendo las relaciones necesarias para ello con todo tipo
de entidades financieras y otras instituciones nacionales e internacionales.
d) Difundir la información financiera del Ayuntamiento de Madrid, y relacionarse
con las agencias de rating y las entidades certificadoras a efectos de obtener las calificaciones crediticias y de sostenibilidad, respectivamente.
e) Tramitar los procedimientos de contratación de las operaciones de crédito, a corto
y largo plazo, en cualquiera de sus modalidades y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos.
f) Analizar las posibles fuentes de financiación para los planes y programas de actuación en materia de inversiones públicas.
g) Realizar el diseño, implantación y supervisión de estructuras de financiación para
proyectos de inversión, así como su implantación y seguimiento.
h) Planificar y ejecutar las refinanciaciones, la asunción o subrogación de endeudamiento proveniente de otros entes del sector público municipal y elaborar los posibles planes de reducción de deuda, en su caso.
1.2. Gestión y ordenación de pagos.
a) Ordenar los pagos a través de la firma de los siguientes documentos:
1.o Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no
presupuestarias y las relaciones correspondientes a dichos mandamientos.
2.o Órdenes de pago mediante transferencias, cheques y demás instrumentos a
través de los que se materializan los pagos de los mandamientos mencionados en el párrafo 1.o.
b) Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientes justificativos de los pagos correspondientes a operaciones no presupuestarias.
c) Aprobar los arqueos de tesorería con la periodicidad que se determine.
d) Acordar las compensaciones en período voluntario de deudas de naturaleza no tributaria.
1.3. Anticipos de caja fija.
Tramitar y proponer la aprobación de los anticipos de caja fija.
1.4. Decretar la incautación de cantidades con motivo de providencias judiciales o
administrativas de embargo, de acuerdo con lo que se establezca en las bases de ejecución
del presupuesto.
19.o
Intervención General
1. Gastos.
a) Autorizar y disponer gastos y reconocer y liquidar obligaciones que se imputen
a los programas presupuestarios que le corresponda, cuyo importe no supere
los 60.000 euros.
b) Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas
de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
2. Contratación.
Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios
que le corresponda, cuando su importe no supere los 60.000 euros.
Área Delegada de Innovación y Emprendimiento
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
2. Competencias específicas.
2.1. Dirigir y planificar las políticas municipales de implantación y desarrollo de la
innovación en la ciudad de Madrid.
BOCM-20230721-22
20.o
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 172
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 215
dos de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio, así como la emisión
y amortización de empréstitos.
c) Gestionar el endeudamiento municipal, así como las operaciones de cobertura y
gestión de riesgos, manteniendo las relaciones necesarias para ello con todo tipo
de entidades financieras y otras instituciones nacionales e internacionales.
d) Difundir la información financiera del Ayuntamiento de Madrid, y relacionarse
con las agencias de rating y las entidades certificadoras a efectos de obtener las calificaciones crediticias y de sostenibilidad, respectivamente.
e) Tramitar los procedimientos de contratación de las operaciones de crédito, a corto
y largo plazo, en cualquiera de sus modalidades y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos.
f) Analizar las posibles fuentes de financiación para los planes y programas de actuación en materia de inversiones públicas.
g) Realizar el diseño, implantación y supervisión de estructuras de financiación para
proyectos de inversión, así como su implantación y seguimiento.
h) Planificar y ejecutar las refinanciaciones, la asunción o subrogación de endeudamiento proveniente de otros entes del sector público municipal y elaborar los posibles planes de reducción de deuda, en su caso.
1.2. Gestión y ordenación de pagos.
a) Ordenar los pagos a través de la firma de los siguientes documentos:
1.o Mandamientos de pago referidos al Presupuesto Municipal y a operaciones no
presupuestarias y las relaciones correspondientes a dichos mandamientos.
2.o Órdenes de pago mediante transferencias, cheques y demás instrumentos a
través de los que se materializan los pagos de los mandamientos mencionados en el párrafo 1.o.
b) Adoptar las resoluciones que se deriven de los documentos y expedientes justificativos de los pagos correspondientes a operaciones no presupuestarias.
c) Aprobar los arqueos de tesorería con la periodicidad que se determine.
d) Acordar las compensaciones en período voluntario de deudas de naturaleza no tributaria.
1.3. Anticipos de caja fija.
Tramitar y proponer la aprobación de los anticipos de caja fija.
1.4. Decretar la incautación de cantidades con motivo de providencias judiciales o
administrativas de embargo, de acuerdo con lo que se establezca en las bases de ejecución
del presupuesto.
19.o
Intervención General
1. Gastos.
a) Autorizar y disponer gastos y reconocer y liquidar obligaciones que se imputen
a los programas presupuestarios que le corresponda, cuyo importe no supere
los 60.000 euros.
b) Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas
de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
2. Contratación.
Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios
que le corresponda, cuando su importe no supere los 60.000 euros.
Área Delegada de Innovación y Emprendimiento
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
2. Competencias específicas.
2.1. Dirigir y planificar las políticas municipales de implantación y desarrollo de la
innovación en la ciudad de Madrid.
BOCM-20230721-22
20.o