Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
propuesta del órgano directivo competente en materia de prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
g) Tramitar y resolver las movilidades forzosas por motivo de violencia de género o
en el ámbito familiar del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de
sus organismos autónomos a propuesta del órgano directivo competente en materia de función pública, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
2. Gastos.
Autorizar y disponer gastos derivados de la gestión de su ámbito competencial, con
cargo al capítulo 1 del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, así como reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de estos compromisos de gastos.
Dirección General de Función Pública
1. Competencias específicas.
1.1. Relaciones laborales.
a) Desarrollar el sistema de relaciones laborales del Ayuntamiento, dirigiendo las relaciones con las organizaciones sindicales.
b) Coordinar y apoyar el proceso de elecciones sindicales de representantes del personal municipal.
c) Coordinar la representación del Ayuntamiento de Madrid en la negociación de las
condiciones de trabajo del personal municipal y en las comisiones de seguimiento que se establezcan.
d) Informar y establecer criterios orientativos relativos a la aplicación de los acuerdos reguladores de las condiciones de trabajo del personal municipal, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las respectivas comisiones de interpretación
y seguimiento.
e) Coordinar la elaboración de planes y acciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres que afecten al conjunto del personal municipal y ejercer la presidencia de la Comisión de Igualdad.
f) Coordinar la aplicación, evaluación, actualización y en su caso elaboración, de los
protocolos de actuación aplicables al personal municipal que tengan por objeto regular el procedimiento para hacer efectiva la movilidad por razón de violencia de
género o en el ámbito familiar.
1.2. Prevención de riesgos laborales.
a) Presidir el Comité de Seguridad y Salud.
b) Desarrollar acciones orientadas a promover y fomentar la cultura de la prevención, seguridad y salud en el trabajo.
c) Coordinar la elaboración, evaluación y aplicación del Protocolo de actuación frente al acoso en el entorno laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos
autónomos.
d) Coordinar la elaboración y, en su caso, la aplicación, evaluación y actualización
de los protocolos de actuación aplicables al personal municipal en las siguientes
materias: protección frente a agresiones por parte de terceras personas ajenas a la
organización municipal; prevención, detección y actuación ante situaciones de
acoso en sus distintas vertientes; así como aquellos que siendo de aplicación a
todo el personal tengan como finalidad última la protección de la seguridad y salud del colectivo municipal.
1.3. Acción social.
a) Diseñar y desarrollar la política de acción social de aplicación al conjunto del personal municipal.
b) Elaborar las propuestas de bases generales y específicas de convocatorias de las
ayudas de acción social.
c) Gestionar y resolver la tramitación de las ayudas de acción social, los préstamos reintegrables, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los organismos públicos.
d) Gestionar los beneficios derivados del plan de pensiones y del seguro de vida y accidentes del personal.
BOCM-20230721-22
16.o
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
propuesta del órgano directivo competente en materia de prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
g) Tramitar y resolver las movilidades forzosas por motivo de violencia de género o
en el ámbito familiar del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid y de
sus organismos autónomos a propuesta del órgano directivo competente en materia de función pública, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
2. Gastos.
Autorizar y disponer gastos derivados de la gestión de su ámbito competencial, con
cargo al capítulo 1 del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, así como reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de estos compromisos de gastos.
Dirección General de Función Pública
1. Competencias específicas.
1.1. Relaciones laborales.
a) Desarrollar el sistema de relaciones laborales del Ayuntamiento, dirigiendo las relaciones con las organizaciones sindicales.
b) Coordinar y apoyar el proceso de elecciones sindicales de representantes del personal municipal.
c) Coordinar la representación del Ayuntamiento de Madrid en la negociación de las
condiciones de trabajo del personal municipal y en las comisiones de seguimiento que se establezcan.
d) Informar y establecer criterios orientativos relativos a la aplicación de los acuerdos reguladores de las condiciones de trabajo del personal municipal, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las respectivas comisiones de interpretación
y seguimiento.
e) Coordinar la elaboración de planes y acciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres que afecten al conjunto del personal municipal y ejercer la presidencia de la Comisión de Igualdad.
f) Coordinar la aplicación, evaluación, actualización y en su caso elaboración, de los
protocolos de actuación aplicables al personal municipal que tengan por objeto regular el procedimiento para hacer efectiva la movilidad por razón de violencia de
género o en el ámbito familiar.
1.2. Prevención de riesgos laborales.
a) Presidir el Comité de Seguridad y Salud.
b) Desarrollar acciones orientadas a promover y fomentar la cultura de la prevención, seguridad y salud en el trabajo.
c) Coordinar la elaboración, evaluación y aplicación del Protocolo de actuación frente al acoso en el entorno laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos
autónomos.
d) Coordinar la elaboración y, en su caso, la aplicación, evaluación y actualización
de los protocolos de actuación aplicables al personal municipal en las siguientes
materias: protección frente a agresiones por parte de terceras personas ajenas a la
organización municipal; prevención, detección y actuación ante situaciones de
acoso en sus distintas vertientes; así como aquellos que siendo de aplicación a
todo el personal tengan como finalidad última la protección de la seguridad y salud del colectivo municipal.
1.3. Acción social.
a) Diseñar y desarrollar la política de acción social de aplicación al conjunto del personal municipal.
b) Elaborar las propuestas de bases generales y específicas de convocatorias de las
ayudas de acción social.
c) Gestionar y resolver la tramitación de las ayudas de acción social, los préstamos reintegrables, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los organismos públicos.
d) Gestionar los beneficios derivados del plan de pensiones y del seguro de vida y accidentes del personal.
BOCM-20230721-22
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