Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 206

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
d) Elaborar y aprobar las listas de espera y tramitar las bolsas de trabajo de los procesos
selectivos competencia de la dirección general, sin perjuicio de las competencias
atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
1.3. Situaciones administrativas, funcionarios interinos y Registro de Personal.
a) Tramitar y resolver los procedimientos relativos a la declaración de las situaciones
administrativas del personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, previo informe emitido por los servicios correspondientes, así
como los de reingreso al servicio activo.
b) Reconocer el grado personal.
c) Aceptar la renuncia a la condición de funcionario.
d) Reconocer la antigüedad y los servicios prestados a otras administraciones públicas del personal al servicio del Ayuntamiento y la jubilación de todo el personal.
e) Nombrar y cesar al personal funcionario interino en los términos previstos en la legislación vigente, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de
Costes y Gestión de Personal.
f) Declarar la pérdida de la condición de funcionario por pérdida de la nacionalidad o
por pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público, así como los procedimientos de rehabilitación de la condición de funcionario.
g) Tramitar y resolver los permisos, licencias y reducciones de jornada del personal
al servicio del Ayuntamiento de Madrid, cuando impliquen efectos retributivos.
h) Organizar y gestionar el archivo de la documentación que integra los expedientes
personales de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Madrid y
sus organismos públicos, así como el archivo de los procedimientos administrativos en materia de personal, generados en el ámbito de responsabilidad del área
de gobierno.
i) Gestionar el Registro de Personal.
j) Tramitar y resolver el Premio por Años de Servicio y Especial por Antigüedad del
personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid.
k) Gestionar los recursos humanos necesarios para la vigilancia de los centros docentes públicos que corresponda al Ayuntamiento de Madrid, en coordinación con los
distritos.
1.4. Transformación de la gestión e inspección de servicios.
a) Impulsar y coordinar las iniciativas de innovación y desarrollo dentro del proyecto
Madrid Talento.
b) Desarrollar las funciones previstas en materia de mejora de la gestión, modernización organizativa y optimización de recursos, simplificación de los procesos, ética pública e integridad y mejora de los servicios públicos.
c) Desarrollar tareas de auditoría y consultoría interna al objeto de verificar el estado
y cumplimiento de planes y programas de actuación de los servicios.
d) Analizar estructuras, formulando en su caso, y de acuerdo con los servicios competentes por razón de la materia, propuestas de reforma y modernización, encaminadas a lograr una mejor adecuación y aprovechamiento del personal adscrito a
los distintos órganos y unidades administrativas.
e) Colaborar en la evaluación del rendimiento de los órganos y unidades administrativos, en el diseño y ejecución de los sistemas de evaluación del desempeño de los
empleados públicos para optimizar la utilización de los recursos humanos y en la
propuesta de medidas de actuación organizativas y funcionales para lograr el ajuste de los resultados a los objetivos propuestos.
f) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones del personal, investigando y analizando las actuaciones que hubieran dado origen a situaciones de conflicto, proponiendo al órgano competente la incoación de procedimientos disciplinarios cuando del
curso de la actividad inspectora se detecten indicios racionales de responsabilidad,
o proponiendo las medidas necesarias para evitar su repetición, sin perjuicio de las
competencias de la Dirección General de Función Pública en materia de prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso.
g) Canalizar de forma ordinaria las relaciones con la Inspección General de Servicios
de la Administración del Estado y con los órganos análogos de Inspección de las
distintas administraciones públicas.

BOCM-20230721-22

BOCM