Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

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k) Realizar el análisis e informe de la documentación necesaria para la elaboración
de planes económico-financieros y planes de ajuste del Ayuntamiento de Madrid
en lo relativo a los organismos y empresas públicas municipales.
l) Realizar el seguimiento y control de los planes económico-financieros y planes de
ajuste del Ayuntamiento de Madrid respecto de los organismos y empresas públicas municipales, así como la elaboración de los informes de su cumplimiento en
coordinación con otros órganos del Ayuntamiento de Madrid.
m) Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública, presentadas al amparo de la Ordenanza de Transparencia de la ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016, y de la normativa estatal y
autonómica, referidas al ámbito material de competencias de dos o más sociedades
mercantiles, fundaciones o consorcios municipales, sin perjuicio de las competencias delegadas en el órgano directivo competente en materia de transparencia.
1.5. Fondos europeos.
a) Tramitar, coordinar y llevar a cabo el seguimiento de las políticas municipales en
materia de fondos europeos.
b) Presentar las solicitudes de financiación de fondos europeos, de conformidad con
la documentación elaborada por los centros gestores del Ayuntamiento de Madrid.
c) Coordinar, asesorar y establecer criterios homogéneos a los diferentes centros directivos municipales en la gestión y ejecución de los fondos provenientes de la
Unión Europea, así como en los procedimientos de gestión de las ayudas financiadas con dichos fondos.
d) Realizar el seguimiento de la ejecución material de los proyectos financiados con
fondos europeos, a efectos de reportar la información que le sea requerida al
Ayuntamiento de Madrid, así como de la ejecución presupuestaria asociada a los
fondos europeos gestionados por el Ayuntamiento de Madrid.
e) Presentar la justificación de los proyectos financiados con fondos europeos.
f) Programar y controlar los fondos de la Unión Europea cuyo ámbito territorial sea
la ciudad de Madrid, sin perjuicio de las competencias que correspondan en esta
materia a otras administraciones públicas.
g) Elaborar escenarios presupuestarios relativos a los fondos europeos solicitados y
gestionados por el Ayuntamiento de Madrid, que permitan ejercer un control eficaz del gasto público municipal.
Dirección General de Planificación de Recursos Humanos
1. Competencias específicas.
1.1. Planificación.
a) Desarrollar los proyectos e instrumentos necesarios para la planificación estratégica de los recursos humanos.
b) Realizar estudios y análisis sobre recursos humanos y clasificación de los empleados municipales.
c) Estudiar y planificar políticas de recursos humanos.
d) Elaborar el proyecto anual de oferta de empleo público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos públicos.
e) Vincular a oferta de empleo público puestos de trabajo vacantes.
f) Impulsar el modelo de competencias profesionales y de desarrollo de carrera.
1.2. Selección.
a) Elaborar las bases generales y específicas de los procesos selectivos de personal
funcionario de carrera y personal laboral fijo, tanto de turno libre como de promoción interna, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
b) Convocar y resolver los procesos a los que se refiere la letra a) y su gestión administrativa, incluyendo el nombramiento de los miembros de los órganos de selección y la resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos
administrativos dictados por éstos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
c) Nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, tanto
de turno libre como de promoción interna, a propuesta del tribunal de selección, a
quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de

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