Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
c) Recibir y tramitar las reclamaciones de los consumidores, ejerciendo a través de la
Oficina Municipal de Información al Consumidor la intermediación con las empresas reclamadas, así como remitir a la inspección o al órgano competente reclamaciones y denuncias de los consumidores.
d) Gestionar el sistema unificado de reclamaciones, facilitando hojas de reclamaciones a los empresarios y los carteles informativos preceptivos.
e) Desarrollar programas y actuaciones singulares de información y de formación en
materia de consumo dirigidas a consumidores y empresarios.
f) Proponer las acciones formativas específicas en materia de consumo dirigidas al
personal municipal, en coordinación con el órgano competente del Ayuntamiento
de Madrid en materia de formación.
g) Efectuar la propuesta, elaboración, coordinación y evaluación de campañas de inspección en materia de consumo, así como la ejecución de las campañas de inspección
que correspondan al Instituto Municipal de Consumo conforme a la planificación
anual efectuada y la realización de inspecciones no programadas, controlando todo
tipo de productos y servicios de uso y consumo común, comprobando que cumplen
las condiciones de seguridad y los requisitos establecidos en la normativa reguladora en materia de consumo y, respecto de los productos de carácter alimentario, la publicidad y las condiciones de contratación.
h) Tramitar las denuncias en materia de consumo que correspondan al Instituto Municipal de Consumo y analizar e investigar los problemas que incidan en los derechos o intereses económicos de los consumidores, con la finalidad de formular
propuestas de mejora de la protección de estos.
i) Promover la elaboración y revisión de códigos de buenas prácticas de consumo,
como instrumentos de autorregulación empresarial, fomentando su implementación y la adhesión de empresas a los mismos.
j) Fijar directrices y establecer criterios técnicos de actuación, que serán de obligado
cumplimiento para todos los servicios de consumo municipales, a fin de que la acción inspectora y la atención al ciudadano en la Oficina Municipal de Información
al Consumidor sea homogénea en todo el municipio, correspondiendo al Instituto
Municipal de Consumo la supervisión técnica de las actividades que se desarrollen en materia de consumo por los distritos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Organismo Autónomo Madrid Salud.
k) Impulsar la coordinación e interlocución con los distritos en materia de consumo
manteniendo entre ambos órganos canales de comunicación.
l) Determinar los criterios y dirigir las actuaciones en materia de consumo con la Policía Municipal en el marco de la función de apoyo que atribuye a esta última la
Ordenanza de Consumo de la ciudad de Madrid, de 30 de marzo de 2011.
m) Definir, administrar y mejorar los sistemas de gestión del ámbito de consumo, en
colaboración con los órganos directivos competentes en materia de tecnologías de
la información y comunicaciones.
n) Fomentar la actividad de las organizaciones y asociaciones de consumidores de
ámbito local, estableciendo programas de colaboración y actuaciones de información, formación y educación dirigidos a la protección de los derechos de los consumidores y potenciando el Consejo Municipal de Consumo como órgano de participación ciudadana en esta materia.
ñ) Fomentar el consumo responsable y, en particular, el Comercio Justo en la ciudad de
Madrid, de acuerdo con la Ordenanza de Consumo de la ciudad de Madrid, de 30 de
marzo de 2011.
o) Coordinar las relaciones en materia de consumo con otras administraciones, organismos públicos y otras entidades, tendentes a una mejor defensa y protección de
consumidores y usuarios.
p) Presidir la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid y nombrar a su
secretario, así como fomentar el sistema arbitral de consumo como medio de resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
q) Adoptar cuantas medidas se consideren convenientes para la defensa y protección
de los consumidores y usuarios en los supuestos de crisis y emergencia, coordinando la red de alerta de consumo en la ciudad de Madrid.
2. Patrimonio.
2.1. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
BOCM-20230721-22
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
c) Recibir y tramitar las reclamaciones de los consumidores, ejerciendo a través de la
Oficina Municipal de Información al Consumidor la intermediación con las empresas reclamadas, así como remitir a la inspección o al órgano competente reclamaciones y denuncias de los consumidores.
d) Gestionar el sistema unificado de reclamaciones, facilitando hojas de reclamaciones a los empresarios y los carteles informativos preceptivos.
e) Desarrollar programas y actuaciones singulares de información y de formación en
materia de consumo dirigidas a consumidores y empresarios.
f) Proponer las acciones formativas específicas en materia de consumo dirigidas al
personal municipal, en coordinación con el órgano competente del Ayuntamiento
de Madrid en materia de formación.
g) Efectuar la propuesta, elaboración, coordinación y evaluación de campañas de inspección en materia de consumo, así como la ejecución de las campañas de inspección
que correspondan al Instituto Municipal de Consumo conforme a la planificación
anual efectuada y la realización de inspecciones no programadas, controlando todo
tipo de productos y servicios de uso y consumo común, comprobando que cumplen
las condiciones de seguridad y los requisitos establecidos en la normativa reguladora en materia de consumo y, respecto de los productos de carácter alimentario, la publicidad y las condiciones de contratación.
h) Tramitar las denuncias en materia de consumo que correspondan al Instituto Municipal de Consumo y analizar e investigar los problemas que incidan en los derechos o intereses económicos de los consumidores, con la finalidad de formular
propuestas de mejora de la protección de estos.
i) Promover la elaboración y revisión de códigos de buenas prácticas de consumo,
como instrumentos de autorregulación empresarial, fomentando su implementación y la adhesión de empresas a los mismos.
j) Fijar directrices y establecer criterios técnicos de actuación, que serán de obligado
cumplimiento para todos los servicios de consumo municipales, a fin de que la acción inspectora y la atención al ciudadano en la Oficina Municipal de Información
al Consumidor sea homogénea en todo el municipio, correspondiendo al Instituto
Municipal de Consumo la supervisión técnica de las actividades que se desarrollen en materia de consumo por los distritos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Organismo Autónomo Madrid Salud.
k) Impulsar la coordinación e interlocución con los distritos en materia de consumo
manteniendo entre ambos órganos canales de comunicación.
l) Determinar los criterios y dirigir las actuaciones en materia de consumo con la Policía Municipal en el marco de la función de apoyo que atribuye a esta última la
Ordenanza de Consumo de la ciudad de Madrid, de 30 de marzo de 2011.
m) Definir, administrar y mejorar los sistemas de gestión del ámbito de consumo, en
colaboración con los órganos directivos competentes en materia de tecnologías de
la información y comunicaciones.
n) Fomentar la actividad de las organizaciones y asociaciones de consumidores de
ámbito local, estableciendo programas de colaboración y actuaciones de información, formación y educación dirigidos a la protección de los derechos de los consumidores y potenciando el Consejo Municipal de Consumo como órgano de participación ciudadana en esta materia.
ñ) Fomentar el consumo responsable y, en particular, el Comercio Justo en la ciudad de
Madrid, de acuerdo con la Ordenanza de Consumo de la ciudad de Madrid, de 30 de
marzo de 2011.
o) Coordinar las relaciones en materia de consumo con otras administraciones, organismos públicos y otras entidades, tendentes a una mejor defensa y protección de
consumidores y usuarios.
p) Presidir la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid y nombrar a su
secretario, así como fomentar el sistema arbitral de consumo como medio de resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
q) Adoptar cuantas medidas se consideren convenientes para la defensa y protección
de los consumidores y usuarios en los supuestos de crisis y emergencia, coordinando la red de alerta de consumo en la ciudad de Madrid.
2. Patrimonio.
2.1. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
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