Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
ción de la implantación de plataformas de comercio electrónico específicas para
mercados municipales y zonas comerciales.
h) Fomentar el asociacionismo en el sector comercial, hotelero y hostelero e impulsar los ejes comerciales de los barrios como apuesta por el comercio de proximidad a través del fomento de actividades de promoción, dinamización y fidelización de las asociaciones empresariales.
i) Diseñar, elaborar e implementar guías y directorios comerciales de la ciudad de
Madrid como instrumento de dinamización de zonas comerciales y mejora de la
competitividad de mercados municipales, comercio, hostelería, moda y artesanía.
j) Proponer y ejecutar medidas de regulación, protección, dinamización, desarrollo y
promoción e incentivación de la actividad de los mercados municipales, así como
realizar la propuesta de la forma de gestión de dicho servicio público.
k) Ejercitar aquellas competencias reservadas a la Administración municipal que los reglamentos sobre la prestación del servicio de Mercamadrid y sobre el funcionamiento de los mercados centrales no atribuyen a otros órganos municipales determinados.
l) Proponer la aprobación de las tarifas correspondientes a los servicios municipalizados y la aprobación del calendario y horario de funcionamiento de los mercados
y de los servicios complementarios.
m) Realizar el seguimiento y control del procedimiento de municipalización de los
servicios de mercados mayoristas (Mercamadrid).
n) Gestionar los mercados municipales y ejercer las competencias que la Ordenanza
de Mercados Municipales, de 22 de diciembre de 2010, atribuye al órgano municipal que ostenta las competencias en materia de mercados municipales.
ñ) Informar y sensibilizar al ciudadano contra la venta ambulante ilegal y de falsificaciones, proponer la adopción de medidas para su erradicación, así como instruir,
en su caso, los procedimientos sancionadores.
o) Emitir los informes en materia de comercio previstos en la normativa vigente y conocer con carácter previo, de cualquier autorización de ocupación de dominio público para el desarrollo de eventos que conlleven la realización de actividades comerciales.
p) Ejercitar la potestad sancionadora prevista en la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, en relación con las sanciones derivadas
de la instalación de puestos o ejercicio de la actividad sin autorización municipal.
q) Informar con carácter preceptivo y no vinculante, previamente a la solicitud de informe a la Comunidad de Madrid, la implantación, ampliación, traslado, reforma
o eliminación de los mercadillos periódicos.
r) Apoyar la difusión de los mercadillos periódicos a través del programa “Todo está
en Madrid” y aprobar, en su caso, la creación de nuevos mercadillos periódicos,
así como la eliminación, si procede, de los existentes.
s) Promover y desarrollar programas y actuaciones de apoyo al sector de la moda y
de consolidación de la ciudad de Madrid como capital de moda.
t) Impulsar la colaboración público-privada para el desarrollo de acciones de promoción y dinamización de los mercados municipales, comercio, hostelería, moda, artesanía y fomento de las zonas de atractivo comercial.
u) Promover estudios y diagnósticos para el impulso del comercio, con inclusión del
comercio ambulante de los barrios de Madrid.
v) Planificar, fomentar e implementar las prácticas conducentes a evolucionar hacia
una economía circular y sostenible en la gestión de los mercados municipales y en
el comercio y hostelería en coherencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
en los que estas actividades están implicadas.
w) Promover y desarrollar iniciativas destinadas a fomentar la continuidad del patrimonio histórico y cultural de los establecimientos centenarios de Madrid y a impulsar y divulgar el conocimiento de los mismos.
x) Dirigir y coordinar la estrategia de alimentación sostenible y saludable de Madrid
y sus planes de acción, priorizando el papel de los mercados municipales minoristas como servicio público de abastecimiento.
1.2. Consumo.
a) Llevar a cabo la elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y evaluación de planes, programas y acciones en materia de protección, formación e información y de
cualquier otra actividad de fomento y mejora de los derechos de los consumidores.
b) Atender y resolver las consultas y peticiones de información de los consumidores.
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BOCM-20230721-22
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
ción de la implantación de plataformas de comercio electrónico específicas para
mercados municipales y zonas comerciales.
h) Fomentar el asociacionismo en el sector comercial, hotelero y hostelero e impulsar los ejes comerciales de los barrios como apuesta por el comercio de proximidad a través del fomento de actividades de promoción, dinamización y fidelización de las asociaciones empresariales.
i) Diseñar, elaborar e implementar guías y directorios comerciales de la ciudad de
Madrid como instrumento de dinamización de zonas comerciales y mejora de la
competitividad de mercados municipales, comercio, hostelería, moda y artesanía.
j) Proponer y ejecutar medidas de regulación, protección, dinamización, desarrollo y
promoción e incentivación de la actividad de los mercados municipales, así como
realizar la propuesta de la forma de gestión de dicho servicio público.
k) Ejercitar aquellas competencias reservadas a la Administración municipal que los reglamentos sobre la prestación del servicio de Mercamadrid y sobre el funcionamiento de los mercados centrales no atribuyen a otros órganos municipales determinados.
l) Proponer la aprobación de las tarifas correspondientes a los servicios municipalizados y la aprobación del calendario y horario de funcionamiento de los mercados
y de los servicios complementarios.
m) Realizar el seguimiento y control del procedimiento de municipalización de los
servicios de mercados mayoristas (Mercamadrid).
n) Gestionar los mercados municipales y ejercer las competencias que la Ordenanza
de Mercados Municipales, de 22 de diciembre de 2010, atribuye al órgano municipal que ostenta las competencias en materia de mercados municipales.
ñ) Informar y sensibilizar al ciudadano contra la venta ambulante ilegal y de falsificaciones, proponer la adopción de medidas para su erradicación, así como instruir,
en su caso, los procedimientos sancionadores.
o) Emitir los informes en materia de comercio previstos en la normativa vigente y conocer con carácter previo, de cualquier autorización de ocupación de dominio público para el desarrollo de eventos que conlleven la realización de actividades comerciales.
p) Ejercitar la potestad sancionadora prevista en la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, en relación con las sanciones derivadas
de la instalación de puestos o ejercicio de la actividad sin autorización municipal.
q) Informar con carácter preceptivo y no vinculante, previamente a la solicitud de informe a la Comunidad de Madrid, la implantación, ampliación, traslado, reforma
o eliminación de los mercadillos periódicos.
r) Apoyar la difusión de los mercadillos periódicos a través del programa “Todo está
en Madrid” y aprobar, en su caso, la creación de nuevos mercadillos periódicos,
así como la eliminación, si procede, de los existentes.
s) Promover y desarrollar programas y actuaciones de apoyo al sector de la moda y
de consolidación de la ciudad de Madrid como capital de moda.
t) Impulsar la colaboración público-privada para el desarrollo de acciones de promoción y dinamización de los mercados municipales, comercio, hostelería, moda, artesanía y fomento de las zonas de atractivo comercial.
u) Promover estudios y diagnósticos para el impulso del comercio, con inclusión del
comercio ambulante de los barrios de Madrid.
v) Planificar, fomentar e implementar las prácticas conducentes a evolucionar hacia
una economía circular y sostenible en la gestión de los mercados municipales y en
el comercio y hostelería en coherencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
en los que estas actividades están implicadas.
w) Promover y desarrollar iniciativas destinadas a fomentar la continuidad del patrimonio histórico y cultural de los establecimientos centenarios de Madrid y a impulsar y divulgar el conocimiento de los mismos.
x) Dirigir y coordinar la estrategia de alimentación sostenible y saludable de Madrid
y sus planes de acción, priorizando el papel de los mercados municipales minoristas como servicio público de abastecimiento.
1.2. Consumo.
a) Llevar a cabo la elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y evaluación de planes, programas y acciones en materia de protección, formación e información y de
cualquier otra actividad de fomento y mejora de los derechos de los consumidores.
b) Atender y resolver las consultas y peticiones de información de los consumidores.
Pág. 201
BOCM-20230721-22
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