Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
1.11. Impulsar o proponer iniciativas que contengan medidas y procedimientos tendentes a propiciar una mayor racionalización de la gestión de los recursos humanos.
1.12. Planificar, asignar y evaluar los créditos asociados a las políticas de recursos
humanos y la gestión de los mismos cuando tenga atribuida dicha competencia.
1.13. Elaborar y tramitar las propuestas de disposiciones normativas en materia de
función pública y recursos humanos.
1.14. Dictar las instrucciones necesarias en materia de personal que faciliten la coordinación y ejecución de la gestión del personal.
1.15. Dictar las resoluciones que corresponda adoptar como consecuencia de la gestión de los Registros de intereses y las de autorización para el ejercicio de actividades privadas tras el cese del personal directivo.
7.o
Coordinación General de Contratación y Política Financiera
8.o
Secretaría General Técnica de Economía, Innovación y Hacienda
1. Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
BOCM-20230721-22
1. Competencias específicas.
1.1. Subvenciones públicas.
Coordinar y establecer criterios homogéneos para la elaboración de los planes estratégicos
de subvenciones de las distintas áreas de gobierno, así como el seguimiento de su ejecución.
1.2. Política financiera.
Dirigir y ejecutar la política financiera del Ayuntamiento de Madrid y coordinar y supervisar la referente al sector público municipal, adoptando las medidas necesarias para
ello, sin perjuicio de las competencias que en relación con el sector público local tenga atribuidas la Dirección General de Presupuestos.
1.3. Modernización e innovación de procesos.
Impulsar y dirigir la simplificación, modernización e innovación de los procesos y de
los métodos de trabajo del área de gobierno y del área delegada, con especial foco en el impulso de su digitalización, en coordinación con la Dirección General de la Oficina Digital.
2. Contratación.
2.1. Promover el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de contratación pública.
2.2. Promover y coordinar la implantación de sistemas de racionalización de la contratación pública, en particular de los sistemas dinámicos de adquisición de obras, servicios
y suministros que no estén declarados de contratación centralizada.
2.3. A propuesta del órgano de contratación, declarar y, en su caso, revisar la prohibición de contratar de los empresarios en los que concurra el supuesto del artículo 71.1.e)
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en lo relativo a haber incurrido
en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 140 de dicha
Ley o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia; así como en
los supuestos del artículo 71.2 y en la extensión del artículo 73.1 párrafo 2.o del mismo texto legal.
2.4. Promover y coordinar la programación de la contratación municipal, el plan de
contratación del Ayuntamiento de Madrid y de su sector público y la reserva de contratos.
2.5. Impulsar la elaboración de estudios, informes y propuestas normativas dirigidas
a fomentar la innovación en la contratación pública municipal.
2.6. Autorizar la contratación de obras, servicios y suministros declarados de contratación centralizada al margen de este procedimiento, a excepción de los contratos de publicidad,
promoción, divulgación y anuncios, u otros contratos centralizados atribuidos expresamente a
otras áreas de gobierno.
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
1.11. Impulsar o proponer iniciativas que contengan medidas y procedimientos tendentes a propiciar una mayor racionalización de la gestión de los recursos humanos.
1.12. Planificar, asignar y evaluar los créditos asociados a las políticas de recursos
humanos y la gestión de los mismos cuando tenga atribuida dicha competencia.
1.13. Elaborar y tramitar las propuestas de disposiciones normativas en materia de
función pública y recursos humanos.
1.14. Dictar las instrucciones necesarias en materia de personal que faciliten la coordinación y ejecución de la gestión del personal.
1.15. Dictar las resoluciones que corresponda adoptar como consecuencia de la gestión de los Registros de intereses y las de autorización para el ejercicio de actividades privadas tras el cese del personal directivo.
7.o
Coordinación General de Contratación y Política Financiera
8.o
Secretaría General Técnica de Economía, Innovación y Hacienda
1. Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
BOCM-20230721-22
1. Competencias específicas.
1.1. Subvenciones públicas.
Coordinar y establecer criterios homogéneos para la elaboración de los planes estratégicos
de subvenciones de las distintas áreas de gobierno, así como el seguimiento de su ejecución.
1.2. Política financiera.
Dirigir y ejecutar la política financiera del Ayuntamiento de Madrid y coordinar y supervisar la referente al sector público municipal, adoptando las medidas necesarias para
ello, sin perjuicio de las competencias que en relación con el sector público local tenga atribuidas la Dirección General de Presupuestos.
1.3. Modernización e innovación de procesos.
Impulsar y dirigir la simplificación, modernización e innovación de los procesos y de
los métodos de trabajo del área de gobierno y del área delegada, con especial foco en el impulso de su digitalización, en coordinación con la Dirección General de la Oficina Digital.
2. Contratación.
2.1. Promover el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de contratación pública.
2.2. Promover y coordinar la implantación de sistemas de racionalización de la contratación pública, en particular de los sistemas dinámicos de adquisición de obras, servicios
y suministros que no estén declarados de contratación centralizada.
2.3. A propuesta del órgano de contratación, declarar y, en su caso, revisar la prohibición de contratar de los empresarios en los que concurra el supuesto del artículo 71.1.e)
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en lo relativo a haber incurrido
en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 140 de dicha
Ley o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia; así como en
los supuestos del artículo 71.2 y en la extensión del artículo 73.1 párrafo 2.o del mismo texto legal.
2.4. Promover y coordinar la programación de la contratación municipal, el plan de
contratación del Ayuntamiento de Madrid y de su sector público y la reserva de contratos.
2.5. Impulsar la elaboración de estudios, informes y propuestas normativas dirigidas
a fomentar la innovación en la contratación pública municipal.
2.6. Autorizar la contratación de obras, servicios y suministros declarados de contratación centralizada al margen de este procedimiento, a excepción de los contratos de publicidad,
promoción, divulgación y anuncios, u otros contratos centralizados atribuidos expresamente a
otras áreas de gobierno.