Madrid (BOCM-20230721-25)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al área de gobierno y que no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas, así
como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones
laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al área de gobierno.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal del área de gobierno.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del área de gobierno.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones
administrativas de los empleados municipales.
5. Gestión de fondos documentales:
5.1. Gestionar los fondos documentales y difundir los datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia del área de gobierno, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otros órganos en materia de estadística.
5.2. Proponer la determinación de los precios de las publicaciones editadas por el
área de gobierno.
6. Registro y atención al ciudadano:
Gestionar las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
7. Gastos:
7.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no
supere los 120.000 euros.
7.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
8. Contratación:
8.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuando su importe no supere los 120.000 euros.
8.2. Tramitar los procedimientos de contratación que sean de la competencia del área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos directivos del área.
8.3. Llevar a cabo las publicaciones que deban realizarse en el perfil de contratante.
8.4. Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos
del Ayuntamiento de Madrid.
9. Gestión económica:
9.1. Supervisar los expedientes de gasto del área de gobierno.
9.2. Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del área de gobierno, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
10. Patrimonio:
10.1. Inventario.
Formar, actualizar y custodiar el catálogo de bienes muebles no incluidos en el
Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al área de gobierno,
en los términos que se determinen mediante acuerdo de la Junta de Gobierno.
10.2. Inmuebles municipales.
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el
ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno.

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